Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 29 de Septiembre de 2015, expediente CAF 035795/2011/CA001

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

SALA V 35795/2011 ARGALL SRL c/ EN-AFIP-RESOL 46/11 (DRDE) s/PROCESO DE CONOCIMIENTO En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de septiembre de dos mil quince, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto en el expediente “Argall SRL c/ EN-AFIP-RESOL 46/11 (DRDE) S/ proceso de conocimiento” el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El Sr. Juez de Cámara, Dr. P.G.F. dijo:

I.-Que por sentencia de fs. 195/202 el Sr. Juez de la anterior instancia rechazó, con costas, la demanda instaurada por Argall SRL interpuesta contra la AFIP en la que se solicitaba dejar sin efecto la Resolución Nº

46/2011 de la Dirección Regional Devoluciones a Exportadores de la AFIP, que confirmó las Resoluciones Nº 143/05 (DEV RREX), Nº 145/05(DEV RREX), 146/05 (DEV RREX) y 147/05 (DEV RREX); por las cuales se rechazaron las solicitudes de devolución del crédito fiscal correspondiente al IVA por los periodos agosto a diciembre de 1998, enero a junio de 1999, julio y noviembre de 1999 y enero a junio de 2000; debiéndose aclarar que las sumas requeridas fueron por un monto de $ 352.063,36 con más sus intereses, costos y costas pagadas en el marco de una ejecución fiscal.

II.-Que a fs. 206 apeló la actora quien expresó

agravios a fs. 215/225, los que fueron contestados a fs. 229/232.

A fs. 255 y vta. dictaminó el Sr. Fiscal General y a fs.

257 se llamó autos para sentencia.

Fecha de firma: 29/09/2015 Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA

III.-Que según surge de los antecedentes de la causa Argall es una empresa cuya actividad consiste en la industrialización y comercialización de mercaderías relacionadas con la industria de la carne para su exportación; por lo que entiende que tiene derecho a obtener el reembolso del IVA contenido en los bienes y servicios adquiridos por la empresa y efectivamente vinculados con sus exportaciones. Entiende la actora, que el régimen de recupero de IVA, a la época de los periodos en cuestión se encontraba reglado a través de las Resoluciones Generales de la AFIP – DGI Nº 65/97 y Nº 616/99 que establecían dos sistemas alternativos, un régimen general sujeto a fiscalización previa de las operaciones originarias del crédito fiscal y un sistema de reintegro anticipado del tributo, siendo este último por el cual optó la actora.

IV.-Que en caso de autos la AFIP invocó cinco causales de impugnación, a) Pago de facturas por importes superiores a $ 10.000, habida cuenta el incumplimiento de las exigencias establecidas por la RG Nº 151/98...

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