Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 13 de Mayo de 2022, expediente CNT 024345/2017/CA001

Fecha de Resolución13 de Mayo de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII

Expte. Nº 24345/2017

JUZGADO Nº 3

AUTOS: "ARES, MARA PAZ c/ FUNDACION MANONVILLE s/

DESPIDO"

Ciudad de Buenos Aires, 13 del mes de mayo de 2022.-

VISTO:

Los recursos interpuestos, por el perito contador con fecha 11/11/21, la parte actora con fecha 15/11/21 y la parte demandada con fecha 22/11/21.

Y CONSIDERANDO:

  1. El valor que la parte demandada cuestiona en esta instancia, es inferior al equivalente a 300 veces el importe del derecho fijo previsto por el artículo 51 de la Ley 23.187, que ascendía a $210.000.-, a la fecha de la concesión del recurso (26/11/2021). El recurso ha sido mal concedido (Art. 106 L.O.).

  2. Las regulaciones de honorarios, también son inapelables (conf. artículo 107 de la L.O.), ya que el monto de la demanda ($166.863,34.- cfr.

fs. 7/VTA) no supera el valor indicado en el artículo 106 de la citada ley.

Por lo expuesto, el TRIBUNAL

RESUELVE:

1) Declarar mal concedidos los recursos deducidos por la parte actora, la parte demandada y el perito contador.

Regístrese, notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 4º de la Acordada de la C.S.J.N. 15/13 del 21/5/13 y, oportunamente, devuélvanse.-

PC 05.06

VICTOR ARTURO PESINO MARIA DORA GONZALEZ

Juez de Cámara Juez de...

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