Expediente nº 6442/09 de Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas, 1 de Julio de 2009
Fecha de Resolución | 1 de Julio de 2009 |
Emisor | Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas |
Arcos Dorados SA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en/ Arcos Dorados SA s/ infr. art. 6.1.8- póliza de Seguro- ley 451
Expte. nº 6442/09 "Arcos Dorados SA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Arcos Dorados SA s/ infr. art. 6.1.8 -póliza de seguro- ley 451'"
Buenos Aires, 1 de julio de 2009
Vistos: los autos indicados en el epígrafe.
Resulta 1. El apoderado de la firma Arcos Dorados S.A. interpuso recurso de queja (fs. 22/29) contra el auto denegatorio del recurso de inconstitucionalidad agregado a fs. 12/16. Este remedio procesal se vincula con la decisión de la Sala I de la Cámara de Apelaciones que convalidó tanto la condena en su contra impuesta en primera instancia -por distintas infracciones al régimen de faltas-, como la sanción de $15.200 de multa fijada oportunamente.
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El recurrente, en una presentación posterior a su queja (fs. 49), solicitó al Tribunal que "ordene la suspensión de la ejecución de la pena de multa dictada por el Sr. Juez a quo en su resolución del 11 de noviembre de 2008".
La jueza de trámite puso a consideración del Tribunal la petición reseñada en el párrafo anterior (fs. 50).
Fundamentos:
La jueza A.E.C.R. dijo:
El art. 33 de la ley n° 402 sólo contempla el efecto suspensivo de la queja como una excepción. Por lo tanto, el TSJ sólo puede concederlo cuando existen motivos suficientes que demuestren un daño de imposible o insuficiente reparación posterior. Como el recurrente no ha fundado su petición -es decir, no demostró que la ejecución de la pena pecuniaria impuesta afecta irreparablemente sus derechos-, voto por no conceder efecto suspensivo al recurso de queja.
Los jueces A.M.C. y J.B.J.M. dijeron:
Adherimos al voto de la Sra. jueza de trámite, Dra. A.E.C.R..
El juez L.F.L. dijo:
Coincido con la Sra. Jueza de trámite, Dra. A.E.C.R., en que corresponde rechazar la...
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