Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 10 de Agosto de 2017, expediente CAF 003805/2016/CA001
Fecha de Resolución | 10 de Agosto de 2017 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL - SALA I Causa nº 3.805/2016 “Arbolitos SA c/ Dirección General Impositiva s/
recurso directo de organismo externo”
Buenos Aires, de 2017.-RR Y VISTOS; CONSIDERANDO:
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Que en el pronunciamiento de fs. 638/646 el Tribunal Fiscal resolvió confirmar la resolución nº 73 emitida el 22 de agosto de 2012 por la Jefa de la División Revisión y Recursos de la Dirección Regional Tucumán de la AFIP – DGI, por la cual se determinó de oficio la obligación tributaria de la firma contribuyente en el impuesto a las ganancias (períodos fiscales 2006 a 2008), con más sus intereses resarcitorios.
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Que, disconforme, la actora interpuso recurso de apelación a fs.
647 y expresó agravios a fs. 652/665, replicados a fs. 671/687.
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Que, con posterioridad, radicada la causa en esta instancia, la firma actora efectuó la presentación de fs. 711/733 por la cual informó su acogimiento al régimen de regularización instituido en la ley 27.260 por la deuda tributaria discutida en autos y manifestó su desistimiento al recurso de apelación de fs. 647.
En función de ello, se dispuso correr traslado a la representación fiscal a sus efectos, quien a fs. 739/vta. expresó que “la actora habría cancelado la deuda en su totalidad”. Sin perjuicio de ello, el organismo fiscal solicitó que la firma actora fuese intimada a presentar el F. 408.
En respuesta al traslado de fs. 740, la actora acompañó el formulario requerido por la demandada (fs. 742/744). A su vez, el J. de la Agencia Regional de Tucumán de la AFIP-DGI remitió oficio de fs. 773 por el cual acompañó la documentación administrativa relativa al acogimiento formulado por la actora (fs. 745/772).
Corrido el traslado de la última presentación de la firma actora (fs.
776), el Fisco Nacional solicitó que se tenga a la actora por desistida —de manera total— de la acción y del derecho, incluso el de repetición, con costas.
Fecha de firma: 10/08/2017 Alta en sistema: 14/08/2017 Firmado por: DR. FACIO - DR. GRECCO - LIC. DRA. DO PICO , JUECES DE CAMARA #28052052#183642736#20170809131633004 Asimismo, solicitó la regulación de los honorarios correspondientes a la representación fiscal. Por otro lado, manifestó que su presentación no importaba la aceptación del acogimiento ni el reconocimiento del derecho de la solicitante a gozar de los beneficios establecidos en la ley 27.260, “situaciones éstas que serán discernidas por el área competente para la recepción o...
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