Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 12 de Agosto de 2019, expediente CSS 103908/2011/CA001

Fecha de Resolución12 de Agosto de 2019
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 CAUSA Nº103908/2011 Sentencia Definitiva Autos: “A.H.D. Y OTROS c/ ANSES s/COBRO DE PESOS”

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, VISTO:

Llegan las actuaciones a esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto por ambas partes actora contra la sentencia de fs. 127/129 que resuelve rechazar la demanda.

Y CONSIDERANDO:

Los actores -titulares de la pensión honorifica de Veterano de la Guerra del Atlántico Sur- solicitaron el pago de la prestación que perciben desde el año 1982 hasta la sanción de la ley 24652 (B.O.28/06/1996).

En su memorial de agravios obrante a fs. 141/145, sostienen que el art. 1 y 5 del decreto 2634/90 excedieron la potestad reglamentaria de la ley 23.848 al establecer que la distinción de la fecha en que se debe abonar el beneficio de un ex-combatiente fallecido en combate y un ex combatiente vivo. Manifiesta que solicito expresamente la declaración de inconstitucionalidad del art. 5 del decreto 2634/90. Asimismo, sostienen que las actas firmadas por funcionarios representante de la demandada con la Comisión Negociadora de Ex. Combatiente son instrumentos públicos e importa un reconocimiento expreso del derecho. Por último, solicita que se declare la inconstitucionalidad del art. 5 del decreto 2634/90 y se proceda hace lugar al pago del reconocimiento histórico desde que se generó desde el año 1982 hasta la sanción de la ley 24652, más intereses y costas.

El 27 de septiembre de 1990 se sanciona le ley 23.848 que crea un beneficio de pensión vitalicia a los ex –soldados combatientes conscriptos que participaron en efectivas acciones bélicas de combate, en el conflicto del Atlántico Sur y civiles que se encontraban cumpliendo funciones en los lugares en los cuales se desarrollaron estas acciones, entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982.

A su vez, ley Nº 24.652 extendió el beneficio de pensión vitalicia a los ex-soldados conscriptos de las fuerzas armadas que hayan estado destinados en el teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o entrado efectivamente en combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), y a los civiles que se encontraban cumpliendo funciones de servicio y/o Fecha de firma: 12/08/2019 Firmado por: N.C. DORADO, JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.H., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: M.M.D., SECRETARIA DE CÁMARA (cont)

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