Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 8 de Marzo de 2007, expediente Ac 89882

PresidenteKogan-Hitters-Soria-Negri-Pettigiani
Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2007
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 8 de marzo de 2007, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresK., Hitters, S., N., P.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa C. 89.882, ". ,E.R. y otro contra Policía de la Provincia de Buenos Aires y otros. Daños y perjuicios".

A N T E C E D E N T E S

La Sala II de la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Bahía Blanca confirmó el fallo de la instancia anterior que había hecho lugar a la demanda (fs. 556/568).

Se interpuso, por el Fisco codemandado, recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley a fs. 572/576.

Dictada la providencia de autos y encontrándose la causa en estado de dictar sentencia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar la siguiente

C U E S T I O N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I O N

A la cuestión planteada, la señora Jueza doctora K. dijo:

1. El señorE.R.A. , por sí y en representación de sus hijos menores, promovió demanda de daños y perjuicios contra la Provincia de Buenos Aires y el sargento de la policíaD.A.F. .

Relató que su esposaS.E.G. , de quien estaba separado de hecho, pero con voluntad de unirse, fue muerta por su concubinoF. con el arma reglamentaria que éste portaba como consecuencia de desempeñarse en las fuerzas de seguridad local.

  1. La Cámara sostuvo -en lo que interesa dado el alcance del recurso- que "Los testimonios que acreditan la posibilidad de que los espososA. -G. se reconciliaran y reanudaran la vida en común, después de haber estado separados durante tres o cuatro años, surge de las declaraciones de:M.M. (fs. 357),A.S.D. (fs. 359),B.F.F. (fs. 360),A.F.B. (fs. 391) yM.I.G. (fs. 379)..., testimonios que no han sido objetados ni observados por los recurrentes, en cuanto a la sinceridad e idoneidad de los mismos" (fs. 564).

    Agregó que "la pericia psicológica menciona al respecto: ... 1) Para el Sr.A. la pérdida de la esposa fue una situación traumática que le resultó difícil elaborar y reponerse de dicha pérdida... 2) Pero la situación traumática se relaciona directamente con el ámbito policial, dado que el causante de la muerte de su esposa fue un policía y el lugar de la tragedia fue una dependencia policial. Tal hecho originó conflictos, dificultades y sentimientos de inseguridad ante la pérdida de aquello que era sumamente idealizado ‘la autoridad policial’... (fs. 437 vta./438)".

    Finalmente dijo que "... Como consecuencia de los elementos de prueba referidos está acreditado que el Sr.A. resultó afectado anímicamente por la muerte de su esposa, a pesar de que estaban...

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