Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 3 de Diciembre de 2003, expediente Ac 88961

PresidenteNegri-Roncoroni-Soria-Hitters-Genoud
Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2003
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 88.961 "A., S.F. contra Cosmos Offset S.R.L. Despido. Recurso de queja".

//Plata, 3 de diciembre de 2003.

AUTOS Y VISTO:

Conforme a la doctrina vigente de esta Suprema Corte, en el caso, el valor del litigio a los efectos del art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial es de monto determinado, el que está constituido por la suma reclamada en la demanda, sin que corresponda adicionarle intereses (ley 11.593, conf. causas Ac. 49.966, 23-IV-1992; Ac. 56.117, 27-IX-1994; Ac. 61.041 y 61.513, del 7-XI-1995; Ac. 59.583, 8-VIII-1995; Ac. 66.306, 15-IV-1997; Ac. 63.376, 22-IV-1997, entre muchas), ni actualizar, atento lo dispuesto por el art. 8º y cctes. de la ley 23.928, rigiéndose dicho valor por la norma vigente al momento de la interposición del recurso (ley 11.593; conf. causas Ac. 26.652, 14-IV-1978; Ac. 35.271, 22-IX-1985; Ac. 58.993 y Ac. 59.044, 11-IV-1995, etc.).

Dicho importe, según señala el recurrente a fs. 11, no excede el monto mínimo para recurrir establecido por el art. 278 citado no...

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