Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V, 10 de Octubre de 2023, expediente CNT 050021/2021/CA001

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala V

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA V

Expte. Nº CNT 50021/2021/CA1

Expte. Nº CNT 50021/2021/CA1

SENTENCIA INTERLOCUTORIA. 53295

AUTOS: "AQUINO JARA, D.J. c/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA

DE RIESGOS DEL TRABAJO s/RECURSO LEY 27348” (JUZGADO Nº 32).

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los 10 días del mes de octubre de 2023 se reúnen los jueces de la Sala V,

para dictar la sentencia en esta causa, en los términos que a continuación se indican.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

El día 16 de agosto de 2023 se dictó la sentencia definitiva en la cual se regularon los honorarios del perito médico en la suma de 10 UMA.

La parte demandada en fecha 24/08/2023 apela los estipendios regulados por considerarlos elevados (recurso concedido el 25/08/2023).

Atendiendo a la naturaleza, calidad y extensión de las tareas realizadas por el profesional (digitalmente en fecha 10/02/2022 la aceptación del cargo, el 06/09/2022 la presentación pericial y el 22/05/2023 contesta impugnación); estímese que los honorarios regulados no lucen elevados y, en consecuencia, se propicia su confirmación (conforme art. 16 y 21 de la ley 27.423).

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar los honorarios apelados.

Regístrese, notifíquese, cúmplase con el art. 1 de la ley 26.856 Acordadas C.S.J.N.

15/13 punto 4) y 24/13 y devuélvase. Se deja constancia que la Dra. A.É.G.V. no vota en virtud de lo normado en el art. 125 de la L.O.

CAP

B.E.F.G. de Vedia Juez de Cámara Juez de Cámara Fecha de firma: 10/10/2023

Firmado por: G.D.V., JUEZ DE CAMARA 1

Firmado por: B.E.F., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.C., SECRETARIA DE CAMARA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR