Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 1 de Febrero de 2023, expediente CNT 072950/2014/CA001

Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

SENT.INT. 3 – 2 EXPTE. Nº72950/2014/CA1 (61607)

JUZGADO Nº: 33 SALA X

AUTOS: “A.B., DEIDAMIO C/ EXPERTA ART S.A. S/ ACCIDENTE –

LEY ESPECIAL”

Buenos Aires, fecha al pie VISTO:

El recurso de apelación deducido por el perito médico.

Y CONSIDERANDO:

Que, en atención al mérito, extensión de las tareas realizadas y las pautas arancelarias vigentes los honorarios regulados a favor del perito médico resultan bajos por lo que cabe elevarlos a $16.000 (PESOS DIECISEIS MIL) equivalentes a 1,538 UMAS a valores actuales a los que deberá adicionarse el IVA en caso que el interesado se encuentre inscripto en dicho impuesto el que estará a cargo del obligado al pago de los honorarios (cfr.

art. 38 L.O.).

Por todo ello, el Tribunal

RESUELVE:

1) Elevar los honorarios regulados a favor del perito médico a $16.000 (PESOS DIECISEIS MIL) equivalentes a 1,538 UMAS a valores actuales a los que deberá adicionarse el IVA en caso que el interesado se encuentre inscripto en dicho impuesto el que estará a cargo del obligado al pago de los honorarios ; 2)

Cópiese, regístrese, notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1 de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013 y devuélvase.

ANTE MI:

EP

AMM

Fecha de firma: 01/02/2023

Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: L.J.A., JUEZ DE CAMARA

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