Ref. Aprobando Programacion de Sorteos de La Quiniela de Santa Fe Correspondientes Al Mes de Mayo de 2009.
Emisor | Resolución de Dirección General N 085 09 |
Fecha de la disposición | 12 de Mayo de 2009 |
RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N° 085/09
REF.: APROBANDO PROGRAMACION DE SORTEOS DE LA QUINIELA DE SANTA FE CORRESPONDIENTES AL MES DE MAYO DE 2009.
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 00302-0074957-1 del S.I.E, mediante el cual se elevan para su aprobación Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe”, proyectada por la Gerencia respectiva para el mes de MAYO/09; y,
CONSIDERANDO:
Que el proyecto de referencia prevé la realización de jugadas de Quiniela El Primero por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E, Provincia de Buenos Aires y Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe de lunes a sábados; de Quiniela Matutina por Sorteos Propios de Quiniela, Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional y Provincia de Buenos Aires de lunes a sábados, de Quiniela Vespertina por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E, de Lotería Provincia de Buenos Aires, Sorteos Propios de Quiniela y Sorteos de Quiniela de Montevideo de lunes a viernes y de Quiniela Nocturna de lunes a sábados por Quiniela o Lotería de Lotería Nacional S E., Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires, Quiniela o Lotería de Santa Fe, Quiniela o Lotería de Montevideo, Lotería de Córdoba y Lotería de Santiago del Estero;
Que a tal efecto, se han tenido en cuenta las Programaciones de los respectivos Organismos Emisores, en algunos casos no comunicadas oficialmente, pero anticipadas telefónicamente por sus funcionarios;
Que el Sorteo Nº 7710 de Quiniela Nocturna de fecha 02/05/09, se resolverá por los códigos de Lotería 1 (Sorteo de Lotería Nacional SE), 2 (Sorteo de (Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires), 3 (Sorteo de Lotería de Santa Fe), 4 (Sorteo de Quiniela de Montevideo) y excepcionalmente, por el Código de Lotería 5 (Sorteo de Lotería de Santiago del Estero);
Que el Sorteo Nº 3950 de Quiniela Vespertina a llevarse a cabo el día 18/05/09, se resolverá por los Códigos de Loterías 1, 2 y 3, que corresponden a Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional SE, Lotería Provincia de Buenos Aires y Lotería de Santa Fe, respectivamente, en razón de ser Feriado Nacional en la República Oriental del Uruguay por conmemorarse otro Aniversario de la “Batalla de las Piedras”;
Que para el Sorteo Nº 7723 de Quiniela Nocturna de fecha 18/05/09, no se captarán apuestas para el Código de Lotería 4 (Quiniela de Montevideo), por lo expuesto en el considerando anterior;
Que también se programan Concursos Extras de Quiniela de Santa Fe con los tickets no ganadores de sorteos realizados en determinados períodos, instituyéndose dinero en efectivo en todos sus premios;
Que se ha dispuesto mantener la política de premios implementada a partir del Sorteo Nº 855 de los Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe que establece para cada una de las zonas, la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000) para el primer premio, PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) para el segundo premio, PESOS CINCO MIL ($ 5.000) para el tercer premio, PESOS DOS MIL ($ 2.000) para los premios cuarto y quinto respectivamente, PESOS UN MIL para los premios sexto al décimo, respectivamente y un premio estímulo para agencieros de PESOS UN MIL QUINIENTOS (1.500);
Que las apuestas a cinco cifras se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de Quiniela de Santa Fe, abonándose los aciertos a cinco cifras Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado;
Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;
Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto-Acuerdo Nº 1651/82;
LA DIRECCION GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
RESUELVE:
) Aprobar la Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe” para el mes de MAYO/09, obrante en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.
) Disponer que los aciertos a las apuestas de cinco cifras se abonarán Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado y dichas apuestas se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3...
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