Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 9 de Agosto de 2019, expediente CCF 003507/2014/CA001

Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2019
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 3507/2014 APOLO, M.C. c/ EDESUR SA s/DAÑOS Y PERJUICIOS En Buenos Aires, a los 9 días del mes de agosto de 2019, se reúnen en Acuerdo los señores jueces de la S. II de esta Cámara para dictar sentencia en los autos del epígrafe. Conforme con el orden de sorteo efectuado, el doctor R.V.G. dice:

I.M.C.A. promovió la presente demanda contra Edesur S.A. y citó en garantía a las aseguradoras Generali Argentina Compañía de seguros SA y a HDI Seguros S.A, con el objeto de obtener la indemnización de los daños y perjuicios producidos por los reiterados cortes del servicio de electricidad que venía sufriendo desde hace un tiempo, destacando especialmente –por su intensidad y magnitud- los sucedidos durante el mes de diciembre de 2010 y en los meses de diciembre de 2013-enero de 2014, en su domicilio sito en la calle C.R.3., de Capital Federal. Su pretensión abarcó el reintegro del daño material por la suma de $ 5.000, del daño moral por $ 20.000 y del daño punitivo por la cantidad de $ 50.000, o lo que más o menos surja de la prueba, intereses y costas.

  1. La sentencia de fs. 510/520 vta. hizo lugar parcialmente a la demanda, condenando a Edesur SA y a la Caja de Seguros SA –en este caso en la medida del seguro instrumentado en la póliza n° 10.221- a pagar a la actora la suma de $6.000 en concepto de daño material y $14.000 por daño moral, con más intereses que serán calculados desde la fecha de origen de los sucesivos cortes de energía eléctrica –3/8/05- hasta el efectivo pago. Asimismo, sancionó

    a la demandada a pagar la cantidad de $8.000 por daño punitivo, con más intereses desde que la sentencia resulte ejecutable y hasta su efectivo pago.

    Para así resolver, el juez a quo, tuvo por acreditado que desde el 3/8/05 hasta el 29/4/14 ocurrieron sucesivas interrupciones de servicio de electricidad prestado por la emplazada, que totalizaron más de 525 horas sin fluido eléctrico en el domicilio donde la actora habitaba al tiempo de los hechos. Finalmente, impuso Fecha de firma: 09/08/2019 Alta en sistema: 13/08/2019 Firmado por: A.S.G.-.E.D.G.-.R.V.G. #21103931#240572198#20190805114926623 las costas a la demandada y a la citada en garantía Caja de Seguros SA –

    cesionaria de Generali-.

  2. Tal pronunciamiento mereció la apelación de la citada en garantía y la demandada, los que fueron declarados mal concedidos por este Tribunal a fs. 557 y vta...

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