Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 7 de Septiembre de 1999, expediente A C74900

PresidenteSan Martín-Laborde-Pettigiani-Salas-Pisano
Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 1999
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac. 74.900 "B., R.J.. Apelación. Infracción a los arts. 93 y 46 inc. 3º, ley 11.430/11.768".

//P., 7 de setiembre de 1999.

AUTOS Y VISTO:

Que el recurso extraordinario de nulidad (art. 349 inc. 1º del Código de Procedimiento Penal, según ley 3589 y modif.) no procede contra las sentencias dictadas por los jueces en lo criminal y correccional que actúan como alzada en los juicios sobre faltas, pues el art. 161 inc. 3º ap. b) de la Constitución de la Provincia abre la competencia de esta Corte respecto de las sentencias pronunciadas por los "tribunales de justicia", locución que corresponde solamente...

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