Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 30 de Marzo de 2022, expediente CSS 085009/2014/CA002

Fecha de Resolución30 de Marzo de 2022
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2

CAUSA Nº85009/2014 Sentencia Interlocutoria AUTOS: A.F.J. Y OTRO c/ CAJA DE RETIRO

JUBILACIONES Y PENSIONES DE PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE

LAS FFAA Y DE SEG

:

VISTO

Y CONSIDERANDO

Llegan las presentes actuaciones ante esta Alzada, en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la resolución dictada por la magistrada de grado con fecha 14/05/2021 que aprobó la liquidación de intereses sobre los honorarios del representante letrado de la parte actora.

La recurrente cuestiona lo resuelto, sostiene que los honorarios acordados en el convenio transaccional fueron abonados en tiempo y forma. Resalta que conforme surge de la cláusula cuarta del convenio homologado –“Programa Transaccional Decreto nº

2140/2013”- para poder efectuar el depósito de los honorarios, necesariamente la parte actora debía denunciar ante la Caja de la Policía Federal Argentina la clave bancaria uniforme (CBU) de la cuenta correspondiente a los presentes actuados y que este requisito recién fue cumplimentado con fecha 18/02/2021, por lo que se procedió a efectuar la transferencia con fecha 04/03/2021 del total adeudado en concepto de honorarios.

Ahora bien, del detenido estudio de las presentes actuaciones, es fácil corroborar que si bien es cierto que la dirección letrada de la parte actora ha presentado con fecha 19/10/2020 a las 16:18hs el escrito denunciando el número de cuenta del Banco Nación a los fines de obtener el depósito de las sumas en cuestión, el mismo recién fue subido al sistema LEX100 el día 18/02/2021, fecha en la que se le notificó a la demandada a los fines de cumplir con el depósito, el cual se efectivizo el día 4/3/2021 acompañándose constancia del mismo con fecha 16/03/2021.

De lo relatado precedentemente surge que la demanda efectivamente dio cumplimiento oportuno al depósito de los honorarios del Dr. A., quien ante la demora en el traslado de la presentación de su escrito titulado “NUMERO DE CUENTA

EN EL BANCO NACION” de fecha 19/10/2020 a las 16:18, contaba con los medio suficientes como para poner en conocimiento de la...

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