Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 23 de Mayo de 2001, expediente B 57842

PresidentePettigiani-Hitters-Negri-de Lázzari-Pisano
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2001
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a veintitrés de mayo de dos mil uno, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresP.,Hitters,N.,deL.,P., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa B. 57.842, “A., O.H. y otros contra Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Demanda contencioso administrativa”.

A N T E C E D E N T E S

  1. Los actores promueven demanda contencioso administrativa contra la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires, procurando la anulación de la resolución de su Directorio de fecha 22-X-1996, mediante la cual rechazó sus reclamos de reajuste y pago de una retribución especial semestral denominada “asignación incentivada” e indicada como Código 270, la cual percibieron hasta el mes de julio de 1996.

    Piden se anule la resolución impugnada y se reajusten sus haberes a la fecha en que la asignación fue dejada de abonarse, con intereses hasta su efectivo pago.

  2. Corrido el traslado de ley, se presentó a juicio la Caja de Jubilaciones Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires que contestó la demanda solicitando su rechazo.

  3. Agregadas las actuaciones administrativas, los cuadernos de pruebas y los alegatos de ambas partes, hallándose la causa en estado de ser resuelta corresponde plantear y votar la siguiente

    C U E S T I O N

    ¿Es fundada la demanda?

    V O T A C I O N

    A la cuestión planteada, el señor J.d.P. dijo:

  4. Los actores promueven demanda contencioso administrativa contra la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, a fin de que se anule la resolución de su Directorio de fecha 22-X-1996, mediante la cual se rechazó el reclamo de reajuste y pago de una retribución especial semestral denominada “asignación incentivada” e indicada como Código 270, la cual percibieron hasta el mes de julio de 1996.

    Por consecuencia requieren el ajuste, y pago de dicho suplemento desde la fecha en que dejó de liquidarse -con intereses- hasta su efectivización.

    Señalan que dicha retribución se les abonaba semestralmente -en los meses de enero y julio- e integraba en forma habitual, normal y regular sus haberes jubilatorios desde la época del otorgamiento del beneficio a cada uno de ellos.

    Destacan que a partir del mes de julio de 1996 sus haberes sufrieron disminución en virtud de tal concepto pues algunos de ellos no percibieron el suplemento mencionado o bien recibieron una suma inferior a la que percibían.

    Concluyen de tal modo que ese concepto remunerativo integraba su derecho de propiedad, el cual...

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