Año 2024 - Ley V N° 194 - Dto. N° 80 - Establézcase el Año 2024 en La, Provincia Del Chubut como el «año de Conmemoración Del 30° Aniversario, de la Reforma de la Constitución Del Chubut»

Fecha de publicación06 Febrero 2024
SecciónSección Oficial
Número de Gaceta14312
BOLETÍN OFICIAL
PÁGINA 2 Martes 6 de Febrero de 2024
Sección Oficial
LEYES PROVINCIALES
ESTABLÉZCASE EL AÑO 2024 EN LA PROVINCIA
DEL CHUBUT COMO EL «AÑO DE CONMEMORA-
CIÓN DEL 30° ANIVERSARIO DE LA REFORMA DE
LA CONSTITUCIÓN DEL CHUBUT»
LEY V N° 194
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1°.- Establézcase el año 2024 en la Provin-
cia del Chubut como el «Año de conmemoración del 30°
Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut»,
dada la importancia y trascendencia histórica de la re-
forma constitucional para nuestra Provincia.
Artículo 2°.- Dispóngase la realización de eventos
conmemorativos en el marco del 30° Aniversario de la
Sanción de la Reforma de la Constitución del Chubut.
Los mismos serán organizados por los tres Poderes
del Estado a los fines de evocar tal evento histórico.
Artículo 3°.- Créase, en el ámbito de la Honorable
Legislatura del Chubut, el Consejo Honorario del 30°
Aniversario de la Reforma de la Constitución Provincial,
el que estará conformado por los Convencionales Cons-
tituyentes de la Reforma, quienes participarán en los
eventos conmemorativos convocados a tales fines.
Artículo 4°.- Créase la Insignia Honorifica conme-
morativa del 30° Aniversario de la Reforma de la Cons-
titución del Chubut. Esta será entregada a cada uno de
los Convencionales Constituyentes de la Reforma en
reconocimiento a su labor en dicho proceso. La entre-
ga se realizará en una ceremonia oficial que organizará
la Honorable Legislatura del Chubut, convocando una
sesión especial a tal efecto.
Artículo 5°.- El diseño de la Insignia Honorífica será
el producto de una Convocatoria Pública a Artistas y
Diseñadores Locales, conforme el Anexo A de la pre-
sente Ley.
Artículo 6°.- El Ministerio de Educación de la Provin-
cia generará espacios de conmemoración y reflexión
sobre el 30° Aniversario de la Sanción de la Reforma de
la Constitución del Chubut en las Instituciones Educati-
vas de toda la Provincia.
Artículo 7°.- Incorpórase el artículo 3° bis a la Ley
VIII N° 136, el que quedará redactado de la siguiente
manera:
«Artículo 3° Bis. - En la ceremonia escolar de Pro-
mesa de Lealtad a la Constitución Nacional, establecida
por la presente ley, los estudiantes de tercer año de la
escuela secundaria, en un acto académico, con la pre-
sencia de la Bandera Nacional y la Bandera Provincial,
la máxima autoridad del establecimiento educativo to-
mará la Promesa de Lealtad a la Constitución del Chubut.
La Promesa de Lealtad a la Constitución Provincial
será complementada por una instancia previa de apren-
dizaje y reflexión respecto de la Constitución.»
Artículo 8°.- Durante el año 2024, todos los sitios
web y documentos oficiales, de los tres Poderes del
Estado, así como Entes Autárquicos, Empresas y So-
ciedades Estatales, deberán llevar en el membrete la
frase «Año de conmemoración del 30° Aniversario de la
Reforma de la Constitución del Chubut e incluir en el
margen superior derecho, la insignia creada en el artí-
culo 4° de la presente.
Artículo 9°. - Invitase a los Municipios, organizacio-
nes de la sociedad civil, entidades no gubernamentales y
a la comunidad en general a la participación en eventos,
actividades educativas y culturales relacionadas con el
aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut.
Artículo 10°. - Abrógase la Ley V N° 192.
Artículo 11°. - LEY GENERAL. Comuníquese al Po-
der Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORA-
BLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A
LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL
VEINTICUATRO.
Dr. GUSTAVO MENNA
Presidente
Honorable Legislatura
de la Provincia de Chubut
VALERIA HAYDEE ROMERO
Secretaria Legislativa
Honorable Legislatura
de la Provincia de Chubut
ANEXO A
BASES Y CONDICIONES PARA LA CONVOCATORIA
«INSIGNIA HONORIFICA CONMEMORATIVA DEL 30°
ANIVERSARIO DE LA REFORMA DE LA CONSTITU-
CIÓN DEL CHUBUT»
Artículo 1°.- El concurso tiene por objeto la selec-
ción de un diseño de la Insignia Conmemorativa del 30°
Aniversario de la Reforma de la Constitución del Chubut,
en adelante «la Insignia», en el marco de la conmemora-
ción establecida por la presente ley.
Artículo 2°.- Son participantes de la Convocatoria
cualquier persona que presente en tiempo y forma una
propuesta de diseño de la Insignia, que cumpla con los
aspectos establecidos en estas Bases y Condiciones
de la Convocatoria y sus requisitos.
El simple hecho de participar en este concurso im-
plica el conocimiento y aceptación de todas las cláusu-
las y condiciones contenidas en las presentes Bases y
Condiciones de la Convocatoria, como así también la
aceptación de las modificaciones que pudiera realizar
la Honorable Legislatura del Chubut, debidamente publi-
cadas.
Artículo 3°.- Cualquier violación a las cláusulas y/o
condiciones de las presentes Bases y Condiciones de
la Convocatoria, facultará a la Honorable Legislatura

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