Año 2023 - Dto. N° 1473 - Ratificar el Convenio para la Ampliación de Las, Horas de Clase, Suscripto entre el Ministerio de Educación de la Provincia, Del Chubut y el Ministerio de Educación de la Nación

Fecha de publicación14 Diciembre 2023
SecciónSección Oficial
Número de Gaceta14276
BOLETÍN OFICIAL PÁGINA 3
Jueves 14 de Diciembre de 2023
orientando y colaborando en las tareas de enseñanza.
Se incluyen todos los roles docentes que presten fun-
ciones frente a estudiantes dentro del sistema educati-
vo provincial.
c) Están excluidos del Programa los docentes que,
por situaciones especiales se encuentren con sus car-
gos de revista y/u horas cátedra en: comisiones de
servicio, adscripciones, afectaciones, designaciones
específicas y/o especiales, licencias con goce de suel-
do, los y las docentes que se encuentren en cambio de
funciones y/o tareas pasivas, temporarias o definitivas
y/o jubilados. No podrán acceder quienes se encuen-
tran prestando servicios de naturaleza política, gremial,
técnica y administrativa fuera del asiento natural de su
designación, aunque los mismos se desarrollen dentro
del sistema educativo. Tampoco podrán recibir el bene-
ficio los agentes de las administraciones educativas u
otros organismos estatales cuyos salarios sean liqui-
dados íntegra o parcialmente por medio de remunera-
ciones previstas para docentes.
d) La liquidación se realizará por persona, con un
límite máximo de dos (2) cargos -asignaciones- y sólo
podrá ser abonada a aquel docente cuyo ingreso sea
inferior al salario testigo nacional.
e) Se utilizarán los criterios generales de propor-
cionalidades y equivalencias para la valorización del
Fondo Nacional de Incentivo Docente y las vigentes en
la jurisdicción, debiendo considerar para su cálculo to-
das las designaciones que posea, cada docente.
f) El complemento, que se liquide será no remune-
rativo y no bonificable por ningún concepto.
g) El pago debe figurar por recibo de haberes pro-
vincial con la siguiente leyenda «Programa de compen-
sación salarial docente - Ley de Financiamiento Educa-
tivo - Artículo 9°».
h) La vigencia del programa coincidirá con la vigen-
cia del convenio que para el mismo se rubrique con el
Ministerio de Educación de la Nación.-
PODER EJECUTIVO: Ratificar el Convenio para la
Ampliación de las Horas de Clase, suscripto
entre el Ministerio de Educación de la Provincia
del Chubut y el Ministerio de Educación de la
Nación
Decreto N° 1473
Rawson, 01 de Diciembre de 2023.
VISTO:
El Expediente N° 3251 - ME - 2022; y
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente citado en el Visto, se tramita
la implementación del Programa «HACIA LA UNIVERSA-
LIZACIÓN DE LA JORNADA COMPLETA O EXTENDIDA»;
Que conforme a lo acordado en el seno del Consejo
Federal con las distintas jurisdicciones, se aprobó la
Resolución Consejo Federal de Educación N° 426/22
CFE, en la cual la Nación, las Provincias y la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, se comprometieron a
implementar todas las acciones necesarias para avan-
zar hacia la Universalización de la Jornada Completa o
Extendida en las Escuelas Primarias, o bien adoptar la
modalidad de extensión horaria que las lleve a un míni-
mo de VEINTICINCO (25) HORAS SEMANALES como
estrategia escalonada hacia dicha universalización;
Que con fecha 22 de junio de 2022, se creó el
Programa «HACIA LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA JOR-
NADA COMPLETA» a fin de avanzar y cumplir con las
metas establecidas por el Consejo Federal en el marco
de la Resolución antes mencionada, respecto de la ex-
tensión del horario escolar;
Que en fecha 21 de septiembre de 2022, el Ministe-
rio de Educación de la Provincia del Chubut suscribió
con el Ministerio de Educación de la Nación, el Convenio
para la ampliación de las horas de clase (RE-2022-
103853261-APN-DD#ME), en el cual se acordó que el
Ministerio de Educación de la Nación contribuya con el
CIEN POR CIENTO (100%) del financiamiento en la dife-
rencia de los salarios brutos docentes y equipos direc-
tivos que demande la implementación de la extensión
horaria, durante un período de CINCO (5) años a partir
de su firma, en las escuelas primarias de gestión esta-
tal consignadas en el Anexo I y en las ACTAS COMPLE-
MENTARIAS que se firmen con posterioridad;
Que en fecha 20 de abril de 2023, el Ministerio de
Educación de la Provincia del Chubut suscribió con el
Ministerio de Educación de la Nación, el Acta Comple-
mentaria N° 1, por la que se amplía el número de escue-
las alcanzadas;
Que el precitado Convenio así como el Acta Com-
plementaria N° 1, se encuentran registrados al Tomo: 4,
Folio: 223 de fecha 17 de noviembre de 2023 y Folio:
179 de fecha 08 de noviembre de 2023, respectiva-
mente, en el Registro de Contratos de Locación de Obras
e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno;
Que el presente trámite se enmarca en lo estableci-
do en el artículo 155 inciso 7 de la Constitución de la
Provincia del Chubut;
Que la Asesoría Legal del Ministerio de Educación
interviene según su competencia;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría Ge-
neral de Gobierno.
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT.
DECRETA:
Artículo 1°.- Ratifíquese en todos sus términos: el
«Convenio para la ampliación de las horas de clase», y
el Acta Complementaria N° 1, suscriptos por el Ministe-
rio de Educación de la Provincia del Chubut, represen-
tado por su titular señor José María GRAZZINI AGÜERO
y el Ministerio de Educación de la Nación, representado
por su titular; Licenciado Jaime PERCZYK, celebrado
en el marco del Programa «HACIA LA UNIVERSALIZA-
CIÓN DE LA JORNADA COMPLETA O EXTENDIDA», re-
gistrados al Tomo: 4, Folio: 223 de fecha 17 de noviem-
bre de 2023 y Folio: 179 de fecha 08 de noviembre de
2023, respectivamente, en el Registro de Contratos de
Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía Gene-
ral de Gobierno.
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Artículo 2°.- Dése cumplimiento a lo establecido en
el artículo 155 inciso 7 de la Constitución de la Provincia
del Chubut.
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado
por los señores Ministros Secretarios de Estado en los
Departamentos de Educación, Economía y Crédito Pú-
blico y Gobierno y Justicia.
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese,
dese al Boletín Oficial y cumplido. ARCHÍVESE.
Esc. MARIANO E. ARCIONI
Abg. CRISTIAN AYALA
Cra. RITA MABEL CÁRDENAS
Sr. JOSE MARIA GRAZZINI AGÜERO
DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N° 1470 24-11-23
Artículo 1°.- Dejar Cesante, a partir de la fecha del
presente Decreto, al agente Pedro Arístides MONTESINO
(DNI N° 30.550.037 - Clase 1982) cargo Ayudante Ad-
ministrativo - Clase V - Agrupamiento/Carrera Personal
Administrativo comprendido en el Convenio Colectivo
de Trabajo N° 10/11 de la Dirección Regional Obras Pu-
blicas Esquel -Dirección General de Obras Públicas de
Arquitectura - Subsecretaria de Obras Públicas - Minis-
terio de Infraestructura, Energía y Planificación, con-
forme los extremos descriptos en Artículo 82° - inciso
d), por considerar que ha trasgredido en el ámbito ad-
ministrativo lo dispuesto en el Artículo 84° incisos a), b)
y c), ambos Artículos de Convenio Colectivo de Trabajo
N° 10/11, Ley I N° 74 de aplicación supletoria, Ley I N° 18
de Procedimiento Administrativo provincial.-
Dto. N° 1471 24-11-23
Artículo 1°.- Trasladar y reubicar en el cargo Jefe de
Departamento Técnico Clase II - Categoría 16 - Agrupa-
miento Personal Jerárquico- Planta Permanente depen-
diente de la Dirección de Promoción de la Dirección Ge-
neral de Comunicación y Marketing de la Subsecretaría
de Turismo del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas,
al agente José Bernardo CURIN (DNI N° 16.391.893 Cla-
se 1963), quien revista en el cargo Jefe de Departamen-
to Ejecutivo Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Perso-
nal Jerárquico - Planta Permanente, dependiente de la
subsecretaría de Coordinación y Enlace de la Secretaría
General de Gobierno, por aplicación del artículo 19 de la
Ley I N° 74, reglamentada por Decreto N° 1330/81, a
partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento
del presente decreto será imputado en la Jurisdicción:
80 - Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas - SAF: 80
- Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas - Programa:
17- Turismo - Actividad 3 - Comunicación y Marketing -
Ejercicio 2023.-
Dto. N° 1474 01-12-23
Artículo 1°.- Incorporase al Cálculo de Recursos y
al Presupuesto de Erogaciones de la Administración
Central y Organismos Descentralizados para el Ejerci-
cio 2023, la suma de PESOS SEISCIENTOS OCHO MI-
LLONES ($ 608.000,000) en la Jurisdicción 50, S.A.F.
50. SAF Ministerio de Educación, de acuerdo al detalle
obrante en la planilla anexa N° 1, que forma parte del
presente Decreto.-
Artículo 2°.- Modificase el Cálculo de Recursos y el
Presupuesto de Erogaciones de la Administración Cen-
tral y Organismos Descentralizados para el Ejercicio
2023, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa
N° 2 que forma parte del presente Decreto;
Artículo 3°.-Comuníquese a la Comisión de Presu-
puesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Dto. N° 1475 01-12-23
Artículo 1°.- Modificar el detalle analítico de la Planta
Presupuestaría de Personal en la Jurisdicción 9 - Minis-
terio de Seguridad - SAF 9 - Ministerio de Seguridad -
Programa 1 - Conducción Ministerio de Seguridad - Ac-
tividad 1 - Conducción Ministerio de Seguridad y Pro-
Planilla Anexa
N'
1
Modificación Presupues aria N° 32458
Incremento. Ejercl lo 2023
Recursos: 1.50.050 Minlsteri de Educación
Gastos: 1.50.050 Ministerio e Educación
Partida
1. Recursos: Ministerio de Educación
17.2.1.59.4.13
AO: Ministerio de Educación, Ciencia
y
Tecnologla - FinFun:
e.Eco: 1.1
Monto
.$
608.000.000,00
Total: .
$
608.000.000,00
2. Gastos: Ministerio de Educación
93.00.00.A01.9.1.1.01.4.13
AO: Incentivo Docente. FinFun: 3.4.1 - e.Eco : 2.1 .
$
608.000.000,00
Tota'l: . $608.000.000,00
Planilla Anexa N' 2
Modificación Presupuestaria 32485
Compensación - Ejercicio 2023
Compensación sobre Recursos: 1 Administración Central
Partida Monto
1. Origen: Administración Central
36.1.1.01.1.11
AO: Colocación de Deuda Interna a Corto Plazo - FinFun: C.Eco :
1.3
.-$
608.000.000,00
Total:
.-$
608.000.000,00
2. Destino: Administración Central
41.1.1.01.1.11
AO: Contribuciones de la Administración Central para
Financiaciones Corrientes - FinFun: e.Eco : 1.1 .
$
608.000.000,00
Total: .
$
608.000.000,00

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