Año 2023 - Dto. N° 418 - Incorpórase el Proyecto «piloto de Inyección De, Polímero Secundario Grimbeek Norte II» en el Área «manantiales Behr»,, Presentado por la Empresa Ypf S.a

Fecha de publicación28 Abril 2023
Tipo de documentoDECRETOS PROVINCIALES
Número de Gaceta14126
SecciónSección Oficial
BOLETÍN OFICIAL PÁGINA 3
Viernes 28 de Abril de 2023
partamentos de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Ju-
ventud y de Gobierno y Justicia.
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese,
dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
Esc. MARIANO E. ARCIONI
Sr. MARIO OSCAR RÍOS
A/C Ministerio de Gobierno y Justicia
Sr. LUIS MANUEL AGUILERA
PODER EJECUTIVO: Incorpórase el Proyecto
«Piloto de Inyección de Polímero Secundario
Grimbeek Norte II» en el área «Manantiales
Behr», presentado por la empresa YPF S.A.
Decreto N° 418
Rawson, 26 de Abril de 2023
VISTO:
El Expediente N° 484/21 - MHC, la Constitución Na-
cional; la Constitución Provincial; la Ley Nacional N°
17.319, la Ley Nacional N° 26.197, la Ley Provincial XVII
N° 102, el Decreto Provincial N° 1.717/12, la Ley VII N° 67
y el Decreto Provincial N° 278/2021;
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Nacional en el artículo 124° es-
tablece que corresponde a las provincias el dominio
originario de los recursos naturales existentes en su
territorio;
Que la Constitución Provincial en el artículo 99° es-
tablece que el Estado ejerce el dominio originario y emi-
nente sobre los recursos naturales renovables y no
renovables, migratorios o no, que se encuentran en su
territorio y su mar; en el artículo 102° dispone que el
Estado promueve la explotación y aprovechamiento de
los recursos minerales, incluidos los hidrocarburos só-
lidos, líquidos y gaseosos;
Que mediante Ley Nacional N° 26.197 se modificó la
Ley Nacional N° 17.319, la cual reconoce la potestad de
las Provincias sobre los yacimientos hidrocarburíferos
y la asunción plena del dominio originario y administra-
ción sobre los mismos;
Que por la Ley Provincial XVII N° 102 se reguló la
actividad hidrocarburífera de la Provincia de Chubut;
Que según el artículo 92° de la Ley Provincial XVII N°
102 y Decreto Provincial N° 1.717/12, la Autoridad de
Aplicación de la Ley N° 17.319 es el Ministerio de Hidro-
carburos;
Que el Art. 68° de la Ley Provincial XVII N° 102 esta-
blece que el Poder Ejecutivo tendrá las atribuciones del
Art. 59° de la Ley N° 17.319;
Que el Art. 27 ter. de la Ley Nacional 17.319 en su
parte pertinente, establece, que aquellos proyectos de
Producción Terciaria, Petróleos Extra Pesados y Costa
Afuera que por su productividad, ubicación y demás
características técnicas y económicas desfavorables,
que sean aprobados por la Autoridad de Aplicación,
podrán ser pasibles de una reducción de regalías de
hasta el cincuenta por ciento (50%);
Que el Art. 59 de la Ley Nacional 17.319 establece
que el Poder Ejecutivo Provincial, como autoridad
concedente, podrá reducir la misma hasta el cinco por
ciento (5%) teniendo en cuenta la productividad, condi-
ciones y ubicación de los pozos;
Que, es de interés de la Provincia fomentar los pro-
yectos de mayor riesgo y complejidad productiva, in-
crementar la producción de los recursos naturales exis-
tentes en el territorio, sostenimiento de reservas, pre-
servación del empleo; y a la vez lograr, un incremento
de la competitividad de los diversos sectores económi-
cos y el crecimiento equitativo y sustentable de la Pro-
vincia, la maximización de las inversiones y de los re-
cursos empleados, como también incentivar la incorpo-
ración de nuevas tecnologías;
Que mediante la ley provincial VII N° 67 se aprobó el
«Acuerdo para la implementación de un compromiso de
actividad e inversiones en áreas hidrocarburíferas de
la provincia del Chubut» entre la Provincia del Chubut e
YPF S.A.;
Que por Decreto Provincial N° 278/2021 se creó un
programa de promoción para la industria
hidrocarburífera en la Provincia del Chubut;
Que con fecha 15 de Septiembre de 2021 la empre-
sa YPF S.A. en su carácter de concesionario del área
de explotación «Manantiales Behr», solicita la incorpo-
ración al programa de promoción para la industria
hidrocarburífera establecido mediante Decreto Provin-
cial N° 278/2021 el proyecto de Recuperación Terciaria
«Piloto de Inyección de Polímero Secundario Grimbeek
Norte II» el cual se encuentra agregado a fs. 3 a 21;
Que la empresa YPF S.A. se compromete a llevar
adelante el Proyecto «Piloto de Inyección de Polímero
Secundario Grimbeek Norte II», proponiendo la perfora-
ción de diez (10) pozos inyectores de polímero, repa-
ración de cuatro (4) pozos para aprovisionamiento de
agua de formación para inyectar, adecuación de siste-
ma de extracción de diecinueve (19) pozos, e inversio-
nes de instalaciones y obras de superficie;
Que este proyecto significaría ampliar el horizonte
productivo y de reservas futuras a ser desarrolladas,
preservación del empleo y potenciar el desarrollo re-
gional a partir de la provisión de productos y servicios;
Que el Ministro de Hidrocarburos, la Subsecretaría
de Hidrocarburos, la Dirección General de Fiscaliza-
ción y Control, y la Dirección de Control de Reservas
dependientes del Ministerio de Hidrocarburos, en sus
correspondientes informes, evaluaron el proyecto y
concluyeron en la factibilidad de incorporarlo al progra-
ma de promoción para la industria hidrocarburífera crea-
do con Decreto N° 278/2021;
Que de acuerdo a los informes contenidos en el
expediente, corresponde incorporar el proyecto de
Recuperación Terciaria «Piloto de Inyección de Polímero
Secundario Grimbeek Norte II» en el área Manantiales
Behr, presentado por YPF S.A. al programa de promo-
ción para la industria hidrocarburífera creado por el
Decreto N° 278/2021;
Que conforme lo determinado por el Ministerio de
Hidrocarburos, corresponde fijar las regalías que abo-
narán mensualmente el titular de la concesión de explo-
tación del área: Manantiales Behr, al Estado Provincial

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