Año 2023 - Dto. N° 1230 a 1237

Fecha de publicación12 Octubre 2023
Tipo de documentoDECRETOS SINTETIZADOS
Número de Gaceta14237
SecciónSección Oficial
BOLETÍN OFICIAL
PÁGINA 2 Jueves 12 de Octubre de 2023
Sección Oficial
LEY PROVINCIAL
PRORRÓGUESE EL MANDATO DE LOS MIEMBROS
DEL DIRECTORIO DE PETROMINERA CHUBUT S.E.
LEY I Nº 763.
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1°. – Prorróguese el mandato de los miem-
bros del Directorio de Petrominera Chubut S.E., Héctor
Manuel Millar (DNI 29.957.262), Jorge Federico Ponce
(DNI 34.144.782), Fortunato Rafael Cambareri (DNI
7.816.485), Rubén Darío Crespo (DNI 29.957.162) y Ja-
vier Hugo Alberto Touriñan (DNI 12.040.822), como Di-
rectores Titulares y Jorge Eugenio Mata (DNI 12.259.202),
Cintia Mercedes Juarez (DNI 30.882.494) y Eduardo
Gastón Acevedo (DNI 17.216.109), como Síndicos Titu-
lares, todos ellos en ejercicio del cargo en Petrominera
Chubut S.E., oportunamente designados por el Decreto
Nº32/20, hasta tanto sean designados los nuevos miem-
bros del órgano societario, de acuerdo a lo previsto en
el artículo 9º del Anexo A, de la Ley I Nº129.
Artículo 2°.- Prorróguese el mandato del señor
Héctor Manuel Millar (DNI 29.957.262) como Presiden-
te del Directorio de Petrominera Chubut S.E., para el
que fuera designado por Decreto Nº1293/20.
Artículo 3º.- LEY GENERAL. Comuníquese al Po-
der Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORA-
BLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A
LOS CINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL
VEINTITRÉS.
RODDY INGRAM
Vicepresidente 1°
Honorable Legislatura del Chubut
Lic. PAULA MINGO
Secretaria Legislativa
Honorable Legislatura del Chubut
Decreto N° 1245
Rawson, 06 de Octubre de 2023
VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley referente a la prórroga del man-
dato de los miembros del Directorio y de la Sindicatura
de Petrominera Chubut S.E.; sancionado por la Hono-
rable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 5 de
octubre de 2023, y la facultad que otorga al Poder
Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia: I N° 763
Cúmplase, comuníquese y oportunamente publíquese
en el Boletín Oficial.
Esc. MARIANO E. ARCIONI
Abg. CRISTIAN AYALA
DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N° 1230 03-10-23
Artículo 1°.- Incorpórase al Cálculo de Recursos y al
Presupuesto de Erogaciones de la Administración Cen-
tral y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2023,
la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTIUN MILLONES
NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS
SESENTA Y SEIS ($ 521.943.866) en la Jurisdicción 30,
SAF 33 - SAF Unidad Ejecutora Provincial M.E. y C.P. y la
suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MILONES
($ 577.000.000) en la Jurisdicción 91, SAF 91 - SAF
Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle
obrante en las planillas anexas N° 1 a 3, que forman
parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Comuníquese a la Comisión de Presu-
puesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Planilla Anexa Na 1
Modificación Presupuestaria 31986
Incremento. Ejercicio 2023
Recursos: 1.30.033 Unidad Ejecutora Provincial M.E.yC.P.
Gaslos: 1.30.033 Unidad Ejeculora Provincial M.E.yC.P.
_$
43.794.232,00
_$
1.194.094,00
.$
102.528.559,00
_$
2.786.217,00
_$
3.940.992,00
_$
9.195.648,00
_$
12.301.001,00
_$
28.702.335,00
_$
24.303.599,00
_$
56.708.399,00
_$
36.466.336,00
_$
79.455.833,00
_$
35.980.301,00
_$
84.586.320,00
Partida Monlo
1. Recursos: Unidad Ejecutora Provincial M.E.yC.P.
12.2.6.24.3.68
AO: Bono de Compensación Ley XVII
102
FinFun: . C.Eco:
1.1 .$ 109.699.253,00
12.9.1.10.6.09
AO: Ingresos por diferencia de colizaeion FinFun: C.Eeo :
1.1 _
$
48.281.302,00
37.9.2.01.8.10
AO: Dei Seelor Externo aLargo Plazo. FinFun: C.Eeo :
1.3 _
$
363.963,311,00
Total: .
$
521.943.866,00
2. Gastos: Unidad Ejecutora Provincial M.E.yC.P.
52.00.01.001.2.9.8.01.3.68
AO: Prevo yClrol de Ine. NO de Chubul . FinFun:
4.4.1
C.Eeo :
2.2
52.00.01.001.2.9.8.01.8.10
AO: Prevo y Clroi de Ine. NO de Chubul . FinFun:
4.4.1
C.Eeo :
2.2
52.00.01.001.4.2.1.01.3.68
AO: Prevo yClrol de Ine. NO de Chubul . FinFun:
4.4.1
C.Eeo :
2.2
52.00.01.001.4.2.1.01.8.10
AO: Prevo y Clrol de Ine. NO de Chubul . FinFun:
4.4.1 .
C.Eeo :
2.2
52.00.01.001.4.2.2.01.3.68
AO; Prevo y Clrol de Ine. NO de Chubul -FinFun:
4.4.1 -
C.Eeo :
2.2
52.00.Q1.001.4.2.2.01.8.10
AO: Prevo y Clroi de Ine. NO de Chubul - FinFun:
4.4.1 -
C.Eeo :
2.2
52.00.01.001.4.3.1.01.6.09
AO: Prevo yClroi de Ine. NO de Chubul - FinFun:
4.4.1 -
C.Eeo :
2.2
52.00.01.001.4.3.1.01.8.10
AO: Prevo y Clrol de Ine. NO de Chubul - FinFun:
4.4.1 -
C.Eeo :
2.2
52.00.01.001.4.3.4.01.3.68
AO: Prevo y Clrol de Ine. NO de Chubul FinFun:
4.4.1 -
C.Eeo :
2.2
52.00.01.001.4.3.4.01.8.10
AO: Prevo yClrol de Ine. NO de Chubut - FinFun:
4.4.1 -
C.Eeo ;
2.2
52.00.01.001.4.3.8.01.3.68
AO: Prevo yClrol de Ine. NO de Chubul - FinFun:
4.4.1 -
C.Eeo:
2.2
52. .01.001.4.3.8.01.8.10
AO: Prevo yClrol de Ine. NO de Chubul - FinFun:
4.4.1 -
C.Eeo :
2.2
52.00.01.001.4.3.9.01.6.09
AO: Prevo yClroi de Ine. NO de Chubul - FlnFun:
4.4.1
C.Eeo :
2.2
52.00.01.001.4.3.9.01.8.10
AO: Prevo yClrol de Ine. NO de Chubul - FinFun:
4.4.1
C.Eeo :
2.2

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