Año 2020 - Dto. N° 33 y 37

Fecha de publicación23 Enero 2020
Tipo de documentoDECRETOS SINTETIZADOS
Número de Gaceta13337
SecciónSección Oficial
BOLETIN OFICIAL
PAGINA 2 Jueves 23 de Enero de 2020
Sección Oficial
DECRETOS SINTETIZADOS
AÑO 2020
Dto. Nº 33 14-01-20
Artículo 1º.- Modificar el detalle analítico de las
Plantas Presupuestarias de Personal en la Jurisdic-
ción 9- S.A.F 9- Ministerio de Seguridad- Programa 5-
Conducción Ministerio de Seguridad- Actividad 1- Con-
ducción Ministerio de Seguridad, Jurisdicción 10- Se-
cretaria General de Gobierno- S.A.F. 9- Secretaría de
Seguridad y Justicia- Programa 36- Conducción Sub-
secretaría de Seguridad y Justicia- Actividad 2- Con-
ducción Subsecretaría de Seguridad y Justicia, Juris-
dicción 9- Ministerio de Seguridad- S.A.F 9- Ministerio
de Seguridad- Programa 36- Subsecretaría de Seguri-
dad Informática e Inteligencia Criminal- Actividad 2-
Conducción Subsecretaría de Seguridad Informática e
Inteligencia Criminal, Jurisdicción 10- Secretaria Ge-
neral de Gobierno- S.A.F 9- Secretaría de Seguridad y
Justicia- Programa 36- Conducción Política Estratégi-
cas en Prevención al Delito- Actividad 1- Conducción
Política Estratégicas en Prevención al Delito, Jurisdic-
ción 9- Ministerio de Seguridad- S.A.F 9- Ministerio de
Seguridad- Programa 36- Conducción Política Estraté-
gicas en Prevención al Delito- Actividad 1- Conducción
Política Estratégicas en Prevención al Delito, Jurisdic-
ción 10- Secretaría General de Gobierno- S.A.F 9-
Secretaría de Seguridad y Justicia- Programa 32- Con-
ducción de Coordinación y Control de Gestión- Activi-
dad 1- Coordinación y Control de Gestión, Jurisdicción
9- Ministerio de Seguridad- S.A.F 9- Ministerio de Se-
guridad- Programa 32- Conducción Subsecretaría de
Seguridad Vial- Actividad 1- Subsecretaría de Seguri-
dad Vial, Jurisdicción 10- Secretaría General de Go-
bierno- S.A.F 9- Secretaría de Seguridad y Justicia-
Programa 32- Conducción de Coordinación y Control
de Gestión- Actividad 2- Plan Seguridad Vial, Jurisdic-
ción 9- Ministerio de Seguridad- S.A.F 9- Ministerio de
Seguridad- Programa 32- Conducción Subsecretaría
de Seguridad Vial- Actividad 2- Plan Seguridad Vial.-
Artículo 2°.- Modificar el Plantel Básico de la Se-
cretaría General de Gobierno, eliminándose un (1) car-
go «Secretario General»- Autoridad Superior; e
incrementándose en el Ministerio de Seguridad; un (1)
cargo de Subsecretario de Seguridad; eliminando un
(1) cargo de Director General de Administración, de la
Secretaría General de Seguridad y Justicia, un (1) cargo
de Director de Administración de Recursos de la Se-
cretaria General de Seguridad y Justicia, e
incrementándolos en la Secretaría General de Seguri-
dad del Ministerio de Seguridad; y se transfieren diez
(10) cargos de Personal de Gabinete dependiente de
la Secretaria General de Gobierno; e incrementándose
todos ellos en el Ministerio de Seguridad.-
Artículo 3°.- Modificar el Plantel Básico de la Agencia
Provincial de Seguridad Vial, de la Secretaria General de
Gobierno, eliminándose un (1) cargo Subsecretario-
Autoridad Superior, de la Agencia Provincial de Seguri-
dad Vial, un (1) cargo Director General, un (1) cargo
Director, cinco (5) cargos Jefe de Departamento, siete
(7) cargos de División, e incrementándose siete (7) car-
gos Jefe de Departamento y cinco (5) cargos de División
en el Plantel Básico de la Subsecretaría de Seguridad
Vial (APSV)- Ministerio de Seguridad, conforme surge
del Anexo I (hojas 6, 7, 9 y 10), a partir de la fecha del
presente Decreto.-
Artículo 4°.- Modificar el Plantel Básico de la Direc-
ción General de Prevención al Delito, dependiente de la
Subsecretaría de Seguridad e Inteligencia Criminal, de la
Secretaría General de Seguridad y Justicia, de la Secre-
taria General de Gobierno; incrementándolo en el Plantel
Básico de la Dirección General de Prevención al Delito
de la Subsecretaría de Seguridad e Inteligencia Criminal
del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 5°.- Transferir de la Jurisdicción 10- S.A.F
10- Secretaria General de Gobierno- Programa 1- Con-
ducción de la Secretaria General de Gobierno- Actividad
2- Contralor Medico, siete (7) cargos, a la Jurisdicción 9-
S.A.F 9.-
Artículo 6°.- Aprobar la Estructura Orgánico Funcio-
nal del Ministerio de Seguridad, a partir de la fecha del
presente Decreto.-
Artículo 7°.- Crear el cargo de «Secretaria Privada»
del Ministro, la que dependerá del Ministerio de Seguri-
dad.-
Artículo 8°.- Crear la «Dirección General de Despa-
cho y Privada», la que dependerá del Ministerio de Segu-
ridad.-
Artículo 9°.- Crear el Departamento «Mesa de Entra-
das y Salidas» el cual dependerá de la Dirección Gene-
ral de Despacho y Privada, del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 10°.- Crear la «Subsecretaría de Seguridad»,
la cual dependerá del Ministerio de Seguridad.-
Artículo, 11º.- Crear el cargo de «Subsecretario de
Seguridad», el cual dependerá del Ministerio de Seguri-
dad.-
Artículo 12°.- Crear la «Subsecretaría de Seguridad
y Prevención Económico Financiera, la cual dependerá
del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 13°.- Crear el cargo de «Subsecretario de
Seguridad y Prevención Económico Financiera», el cual
dependerá del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 14°.- Crear el cargo de «Secretaria Priva-
da» de la Subsecretaría de Seguridad y Prevención Eco-
nómico Financiera - Ministerio de Seguridad.-
Artículo 15°.- Crear la «Dirección General de Lega-
les», la que dependerá de la Subsecretaría de Seguri-
dad y Prevención Económico Financiera - Ministerio de
Seguridad.-
Artículo16°.- Crear 3 (tres) Departamentos «Aboga-
do-Consultor», los cuales dependerán de la Dirección
General de Legales, la Subsecretaría de Seguridad y
Prevención Económico Financiera del Ministerio de Se-
guridad.-
Artículo 17°.- Crear la «Dirección General de Fisca-
lización de Personal», la «Dirección Administración de
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Jueves 23 de Enero de 2020
Personal» y sus Departamentos «Sueldos», «Grillas y
Presupuestos», «Despacho» y «Coordinación de Le-
gajos» y su División «Control Asistencial», que depen-
derán de la Subsecretaría de Seguridad - Ministerio de
Seguridad.-
Artículo 18°.- Crear la «Dirección General de Ges-
tión y Logística», la «Dirección de Regulación y Organi-
zación» y sus Departamentos «Gestión de Seguridad
Privada» y «Administrativo», que dependerán de la
Subsecretaría de Seguridad y Prevención Económico
y Financiera del Ministerio de Seguridad.-
Artículo 19°.- Crear la «Dirección General de Con-
trol y Proyectos», la cual de la Subsecretaría de Segu-
ridad y Prevención Económico Financiera del Ministerio
de Seguridad.-
Artículo 20°.- Crear la Dirección «Análisis Estraté-
gico», la cual dependerá de la Dirección General de
Control y Proyectos - Subsecretaría de Seguridad y
Prevención Económico y Financiera del Ministerio de
Seguridad.-
Artículo 21°.- Transferir la Dirección General de
Administración de Seguridad y Justicia, dependiente
de la Secretaria General de Seguridad y Justicia, de la
Secretaria General de Gobierno, a la Secretaría Gene-
ral de Seguridad- Ministerio de Seguridad, a partir de la
fecha del presente Decreto.-
Artículo 22°.- Transferir la Dirección de Compras y
Contrataciones, de la Secretaría de Seguridad y Justi-
cia, de la Secretaria General de Gobierno, a la Direc-
ción General de Administración- Secretaría General de
Seguridad- Ministerio de Seguridad, a partir de la fecha
del presente Decreto.-
Artículo 23°.- Cambiar de denominación de la Di-
rección de «Compras y Contrataciones» a Dirección
«Administración de Recursos» dependiente de la Di-
rección General de Administración- Subsecretaría de
Seguridad- Ministerio de Seguridad.-
Artículo 24°.- Crear los Departamentos «Tesore-
ría», «Compras» «Operaciones Financieras y Control»;
y las Divisiones «Registro de Bienes» y «Rendiciones»
las que dependerán de la Dirección de Administración
de Recursos de la Dirección General de Administra-
ción - Subsecretaría de Seguridad - Ministerio de Se-
guridad, a partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 25°.- Transferir a la órbita del Ministerio de
Seguridad, la Subsecretaría de Seguridad Informática
e Inteligencia Criminal, de la Secretaria de Seguridad y
Justicia, de la Secretaria General de Gobierno, con su
Dirección General «Prevención al Delito», su Dirección
«Centro de Monitoreo y Detención» y sus Departamen-
tos «Operaciones VIRCH», «Operaciones Esquel»,
«Operaciones Puerto Madryn» «Operaciones
Comodoro Rivadavia»; la Dirección «SAE 911», la Di-
rección General «Inteligencia Criminal» y sus Direccio-
nes «Ciber Crimen» y «Análisis Criminal», y el Departa-
mento Administrativo, a partir de la fecha del presente
Decreto.-
Artículo 26°.- Transferir a la órbita del Ministerio de
Seguridad, la Agencia Provincial de Seguridad Vial, de
la Secretaría de Seguridad y Justicia, de la Secretaria
General de Gobierno, con su Dirección General «Se-
guridad Vial», su Dirección «Operaciones» y sus De-
partamentos «Operaciones Rawson», «Operaciones
Trelew», «Operaciones Esquel», «Operaciones Admi-
nistrativo», «Observatorio Vial», «Operaciones Madryn»,
«Operaciones Comodoro Rivadavia», y sus Divisiones
«Repat Trelew», «Repat Madryn», «Repat Comodoro»,
«Repat Rawson», a partir de la fecha del presente De-
creto.-
Artículo 27°.- Que la « Agencia Provincial de Seguri-
dad Vial», pasará a denominarse «Subsecretaría de
Seguridad Vial (APSV), dependiente del Ministerio de
Seguridad».-
Artículo 28°.- Que los Departamentos «Operaciones
Rawson», «Operaciones Trelew», «Operaciones
Esquel», pasarán a denominarse «Operaciones», «Co-
ordinación y Control» y «Secretaria Privada», todos de-
pendientes de la Dirección General de Seguridad Vial -
Subsecretaría de Seguridad Vial (APSV) - Ministerio de
Seguridad.-
Artículo 29°.- Eliminar los Departamentos «Opera-
ciones Madryn» y «Operaciones Comodoro Rivadavia»,
dependientes de la Subsecretaría de Seguridad Vial
(APSV), del Ministerio de Seguridad».-
Artículo 30°.- Crear las Divisiones «Gráfica y Dise-
ño» y «Repaf, que pasarán a depender de la Dirección
General de Seguridad Vial- Subsecretaría de Seguridad
Vial (APSV)- Ministerio de Seguridad.-
Artículo31°.- Cambiar de denominación las Divisiones
«Repat Trelew», «Repat Madryn», «Repat Comodoro»,
«Repat Rawson», a «Operativa N° 1», «Operativa N° 2»,
«Operativa N° 3», «Operativa N° 4», que dependerán de
la Dirección General de Seguridad Vial (APSV) - Subse-
cretaría de Seguridad Vial (APSV) - Secretaría General
de Seguridad - Ministerio de Seguridad.-
Artículo 32°.- Crear la División «Mesa de Entradas y
Salidas», que dependerá del Departamento Secretaria
Privada, de la Dirección General de Seguridad Vial
(APSV)- Subsecretaría de Seguridad Vial (APSV)- Mi-
nisterio de Seguridad.-
Artículo 33°.- Transferir a la órbita del Ministerio de
Seguridad, los Departamentos «ANMaC Comodoro
Rivadavia» y «ANMaC Trelew», de la Secretaria General
de Gobierno, a partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 34º.- Crear el Departamento «Delegación
ANMaC Esquel», que pasará a depender del Ministerio
de Seguridad.-
Artículo 35°.- Transferir a la órbita del Ministerio de
Seguridad, la Jefatura de la Policía de la Provincia del
Chubut, y la Dirección General de Asuntos Internos, a
partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 36°.- Incorporar a la órbita del Ministerio de
Seguridad, a la Unidad Antinarcóticos Chubut, a partir
de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 37°.- Las transferencias mencionadas en
los artículos que anteceden, se realizarán, con sus res-
pectivos cargos, recursos humanos y bienes patrimo-
niales existentes.-
Artículo 38°.- Aprobar las Misiones, Funciones y
Requisitos de los cargos de la Estructura Orgánico Fun-
cional del Ministerio de Seguridad, creados y transferi-
dos en el presente Decreto, conforme el texto ordenado
que se detalla en el Anexo N° III, a partir de la fecha del
presente Decreto.-

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