Año 2017 - Res. N° 34 a 37, 43 a 45

Fecha de publicación24 Enero 2017
Tipo de documentoRESOLUCIONES SINTETIZADAS
Número de Gaceta12610
SecciónSección Oficial
BOLETIN OFICIAL
PAGINA 20 Martes 24 de Enero de 2017
SECRETARIA DE CULTURA
Res. N° XVII-02 13-01-17
Artículo 1°.- Reconocer y autorizar el pago de doscien-
tas setenta y cuatro (274) horas extraordinarias al 50% y
cuarenta y cuatro (44) horas extraordinarias al 100%, rea-
lizadas durante el mes de septiembre de 2016 por los agen-
tes dependientes de la Secretaría de Cultura.-
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento
del presente trámite será afectado a la Jurisdicción 14
- Secretaría de Cultura - SAF 14 - Programa 28 – Acción
Cultural - Actividad 1 - Fortalecimiento y Construcción
de Políticas Culturales – Ejercicio 2016.
SECRETARIA DE PESCA
Res. N°03 06-01-17
Artículo 1°.- ESTABLECESE que los buques de
permisionarios de jurisdicción provincial deberán:
a) Desarrollar su actividad de pesca de Langostino
entre las 04.59 hs. y 21.59 hs.-
Artículo 2°.- QUE la presente entrará en vigencia a
partir del día de la fecha.-
Artículo 3°.- LA inobservancia por parte del
permisionario de la normativa vigente en materia de pes-
ca, será sancionada conforme lo establece la Ley, pu-
diendo llegar a la revocación del permiso.-
SECRETARIA DE TRABAJO
DELEGACIÓN REGIONAL DE PUERTO MADRYN
AÑO 2016
Res. Nº 1094 22-09-16
Artículo 1°.- RECTIFICAR el Artículo 1° de la Resolu-
ción N° 841/16 DRTPM que quedará redactado de la
siguiente manera: ... Artículo 1°: IMPONER: A la firma
«Benítez Bellini S.A. CUIT N° 30-70751181-4»,con do-
micilio fiscal en Panamá N° 1882 de esta ciudad, una
multa equivalente a una (01) vez el importe del Salario
Mínimo Vital y Móvil mensual vigente en la provincia del
Chubut, ascendiendo el S.M.V.yM a la suma de PESOS
SEIS MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON 00/100 ($ 6.810,00)
por lo que la multa asciende a la suma de PESOS SEIS
MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON 00/100" ($ 6.810.00)…
Artículo 2°.- Dejar constancia de la presente, me-
diante nota marginal en la Resolución N° 841/16 DRTPM.
Res. Nº 1095 22-09-16
Artículo 1°.- RECTIFICAR el Artículo 1° de la Resolu-
ción N° 837/16 DRTPM que quedará redactado de la
siguiente manera: .. «Artículo 1°: IMPONER: A LA FIRMA
«Raider SA CUIT N° 30-71489765-5»,con domicilio en
Panamá N° 1861 de esta ciudad, una multa equivalente
a una (01) vez el importe del Salario Mínimo Vital y Móvil
mensual vigente en la provincia del Chubut, ascendien-
do el S.M.V.yM a la suma de PESOS SEIS MIL OCHO-
CIENTOS DIEZ CON 00/100 ($ 6.810,00) por lo que la
multa asciende a la suma de PESOS SEIS MIL OCHO-
CIENTOS DIEZ CON 00/100" ($ 6.810,00)»…
Artículo 2°.- Dejar constancia de la presente, me-
diante nota marginal en la Resolución N° 837/16 DRTPM
AÑO 2017
Res. N° 34 11-01-17
Artículo 1º.- RECTIFICAR el Artículo 1º de la Reso-
lución Nº 839/16 DRTPM que quedará redactado de la
siguiente manera: Artículo 1º: «IMPONER: a la firma
«Benitez Bellini S.A.» CUIT Nº 30-70751181-4, con do-
micilio fiscal en Panamá Nº 1882 de esta ciudad, una
multa equivalente a una (01) vez el importe del Salario
Mínimo Vital y Móvil mensual vigente en la Provincia del
Chubut, ascendiendo el S.M.V. y M. a la suma de PE-
SOS SEIS MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON 00/100 ($
6.810,00) por lo que la multa asciende a la suma de
PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON 00/100".
Artículo 2º.- Dejar constancia de la presente, me-
diante nota marginal en la Resolución Nº 839/16 DRTPM.
Res. N°35 11-01-17
Artículo 1º.- RECTIFICAR el Artículo 1º de la Resolu-
ción Nº 838/16 DRTPM que quedará redactado de la
siguiente manera: Artículo 1º: «IMPONER: a la firma
«Raider S.A.» CUIT Nº 30-71489765-5, con domicilio
fiscal en Panamá Nº 1882 de esta ciudad, una multa
equivalente a una (01) vez el importe del Salario Mínimo
Vital y Móvil mensual vigente en la Provincia del Chubut,
ascendiendo el S.M.V. y M. a la suma de PESOS SEIS
MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON 00/100 ($ 6.810,00) por
lo que la multa asciende a la suma de PESOS SEIS MIL
OCHOCIENTOS DIEZ CON 00/100". «
Artículo 2º.- Dejar constancia de la presente, me-
diante nota marginal en la Resolución Nº 838/16 DRTPM.
Res. N°36 11-01-17
Artículo 1º.- RECTIFICAR el Artículo 1º de la Resolución
Nº 836/16 DRTPM que quedará redactado de la siguiente
manera: Artículo 1º: «IMPONER: a la firma «Raider S.A.»
CUIT Nº 30-71489765-5, con domicilio fiscal en Panamá Nº
1882 de esta ciudad, una multa equivalente a una (01) vez
el importe del Salario Mínimo Vital y Móvil mensual vigente
en la Provincia del Chubut, ascendiendo el S.M.V. y M. a la
suma de PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON 00/100
($ 6.810,00) por lo que la multa asciende a la suma de
PESOS SEIS MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON 00/100". «
Artículo 2º.- Dejar constancia de la presente, me-
diante nota marginal en la Resolución Nº 836/16 DRTPM.
Res. N°37 11-01-17
Artículo 1º.- RECTIFICAR el Artículo 1º de la Resolu-
ción Nº 889/16 DRTPM que quedará redactado de la

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