Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL, 26 de Septiembre de 2016, expediente CPE 000563/2014/CA002

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional 1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B Civ./Int. Rosario, 26 de septiembre de 2016.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente nº CPE 563/2014 de entrada, caratulado “ANMAT c/ Compañía Farmacéutica S.R.L. y otro s/

Ejecución Fiscal” (del Juzgado Federal nº 2 de Rosario), de los que resulta que:

Vienen los autos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de nulidad y apelación interpuesto por la demandada (fs. 181/183 y vta.), contra la sentencia del 17 de noviembre de 2015, mediante la cual se resolvió

rechazar las excepciones de caducidad de instancia e inhabilidad de título y en consecuencia, mandar llevar adelante la presente ejecución fiscal iniciada por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (A.N.M.A.T.) contra la “Compañía Farmacéutica S.R.L.” y su D.N.E., hasta que la actora se haga íntegro cobro de lo reclamado conforme planilla que se practicará, con más intereses de ley y con costas a la demandada (fs. 174/175 y vta.).

Concedido el recurso y corrido el respectivo traslado a la demandada, este fue contestado (fs. 185/188). Elevados los autos a la alzada e ingresados por sorteo informático en esta Sala “B”, se ordenó autos al acuerdo (fs. 193).

El Dr. Bello dijo:

  1. ) R.E.E., en representación de la firma “Compañía Farmacéutica S.R.L.” interpuso recurso de nulidad, toda vez que de la revisión de expediente surge que no se ha agregado el escrito presentado por su parte en representación de la firma codemandada, con cargo del 06/10/2015, a las 12,26 horas, titulado “COMPARECE - OPONE EXCEPCION DE INHABILIDAD DE TITULO - OPONE NULIDAD DE NOTIFICACION - OPONE CADUCIDAD DE INSTANCIA - RESERVA CUESTION CONSTITUCIONAL”, acompañando –en esta instancia- copia certificada al presente, vulnerándose así

    su derecho de defensa en juicio. F. reserva del caso federal (fs. 181).

    Fecha de firma: 26/09/2016 Firmado por: M.V.V., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.V., JUEZ DE CAMARA #19628820#162930405#20160926094526869 2º) Seguidamente, N.E. -por derecho propio- y R.E.E. -en representación de la firma Compañía Farmacéutica S.R.L.- se agravian de que se haya denegado la caducidad de la instancia formulada.

    Dicen que desde la interposición de la demanda hasta la providencia del 29/05/2015 transcurrió en exceso el plazo de caducidad de la instancia. Sostienen que en el decisorio se expresa...

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