Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 19 de Noviembre de 2013, expediente CAF 036215/2012

Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2013
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación 36215/2012 ANILINAS AMERICANAS VERSANIL SA (TF 24581-A)

c/ DGA

Buenos Aires, de noviembre de 2013.- SH

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que mediante la decisión de fs.

    98/101 el Tribunal Fiscal de la Nación revoca, condenando en costas a la demandada, la resolución fallo nº 26/08, por la que se impuso una multa en los términos del art. 970 del código aduanero y se le formuló cargo por tributos a la firma Anilinas Americanas Versanil SA, con fundamento en que el peritaje de fs. 69/71 da cuenta de que es posible realizar la disolución del colorante importado en poco tiempo y que, por tal razón,

    no se justifica el desconocimiento que propicia el servicio aduanero respecto de su reexportación en tan corto plazo tal como ha sido declarada por la firma importadora. A partir de las constancias de la causa, concluye que los 500kg de colorante importados temporariamente fueron reexportados casi en su totalidad, quedando sólo 1,2kg sin regularizar. En virtud de la aplicación del principio de bagatela, exime a la encartada del cargo por tributos y de la sanción con relación a tan exigua cantidad.

  2. Que la representación legal de la AFIP-DGA apela, fundando su recurso por el memorial de fs. 108/109,

    que no fue replicado por la parte actora. Únicamente se agravia de la aplicación del referido principio, forzando una comparación con la jurisprudencia de la cámara en torno a las costas; cita una sentencia de la Sala I del fuero, que considera que avala su postura.

  3. Que el principio que en materia penal se ha dado en denominar de bagatela o irrisoriedad o insignificancia es aquél en virtud del cual deben considerarse atípicas aquellas conductas que si bien por su exteriorización resultan encuadrables en la descripción de un tipo legal, han afectado de modo insignificante, irrelevante o manifiestamente menor al bien jurídico que la norma tiene como fin tutelar. Su creación es eminentemente pretoriana por vía jurisdiccional.

    Poder Judicial de la Nación 36215/2012 ANILINAS AMERICANAS VERSANIL SA (TF 24581-A)

    c/ DGA

    En el caso, no se encuentra discutido,

    por haber sido consentido por ambos contendientes, que de los 500 kg de colorantes violetas documentados por la importación temporaria nro. 00

    033 IT11 135 Z, sólo 1,2 kg quedó sin regularizar. Atento la ínfima cantidad de mercadería en infracción, en pos de dotar de plena vigencia a los principios básicos del derecho penal y los principios y garantías fundamentales reconocidos por la...

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