Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 28 de Septiembre de 2016, expediente Rc 120113
Presidente | Kogan-Negri-Pettigiani-Soria |
Fecha de Resolución | 28 de Septiembre de 2016 |
Emisor | SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA |
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120.113 "A. ,R.S. . Internación art. 21 Ley 26.657".
//Plata, 28 de Septiembre de 2016.
AUTOS Y VISTO:
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Se eleva a la consideración de esta Corte el conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado de Familia n° 6 del Departamento Judicial de La Matanza y el Juzgado de Familia n° 1 de Mercedes, en el marco de un juicio de internación del señorR.S.A. .
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Una situación similar a la presente ha sido abordada por este Tribunal en la causa C. 120.049, resol. del 4-VIII-2016.
Allí se sostuvo que no es admisible la sorpresiva declaración de incompetencia del órgano que previno y llevó la causa adelante durante un prolongado lapso, si más allá de los declamados propósitos de inmediatez y economía procesal contenidos en el texto de la inhibitoria, no se aprecia, asimismo, la concurrencia de algún acontecimiento que haya producido una alteración de las condiciones imperantes con suficiente entidad como para justificar un traslado de la competencia, valorando que el causante continúa internado en el mismo centro de salud desde el inicio de la causa y sin embargo, ello no obstó a que en reiteradas oportunidades los operadores judiciales concurrieran al hospital a fin de tomar contacto con el paciente, evidenciando ello que el nombrado se encuentra en un ámbito accesible para el ejercicio de la efectiva tarea tutelar de tal órgano jurisdiccional.
En vista del cuadro descripto, cabe destacar que, en elsub lite, frente a la denuncia efectuada porS.E.A. acerca de la situación que atravesaba su hermanoR.S. , seguida del pedido de su madre de que sea evaluado y, eventualmente, internado, el órgano decretó su ingreso en el Hospital "Dr. Domingo Cabred" (v. fs. 2; 5/15; 16; 19; 24; 25/vta.). Luego de esa primera ocasión, se sucedieron numerosos permisos de salida, abandonos, altas provisorias en calidad de mejorado con sus consiguientes...
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