Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - SALA B - CAMARA EN LO COMERCIAL, 13 de Diciembre de 2013, expediente 24797/2013

Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2013
EmisorSALA B - CAMARA EN LO COMERCIAL

Poder Judicial de la Nación Sala B Expediente n° 24797/2013 - "A.A.H. Y OTRO C/FALABELLA S.A. Y OTRO S/ ORDINARIO"

Juzgado n° 17 - Secretaría n° 34 Buenos Aires, 13 de diciembre de 2013.

Y VISTOS:

  1. Apeló el Sr. Fiscal de Primera instancia la resolución de fs. 277/8. A fs. 288 la fiscal ante esta Cámara expresó agravios.

  2. Resulta competente el fuero Civil y Comercial Federal para entender en una pretensión en la que se reclama el resarcimiento de los daños y perjuicios que se dicen acaecidos a bordo de un buque.

    Ello así pues de conformidad con lo establecido por la CN 116 son competentes los tribunales federales para intervenir en las causas de jurisdicción marítima.

    Y si bien se trata de los perjuicios que se alegan sufridos en ocasión de un viaje de turismo, a bordo de un crucero cuyo servicio es explotado por una sociedad, se trata de resolver cuestiones donde se encuentran involucrados derechos y obligaciones derivadas de un contrato de transporte internacional, tornándose operativa la directiva legal de atribución específica de competencia en razón de la materia (CNCom., Sala A, in re "C.H.D. y otro c/Buquebus s/sumarísimo", del...

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