Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 25 de Agosto de 2014, expediente COM 015776/2014

Fecha de Resolución25 de Agosto de 2014
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación "GIMENEZ ZAPIOLA VIVIENDA SA DE AHORRO Y PRESTAMO C/ LABRESSE SA S/ EJECUTIVO S/ TERCERIA (POR ANASTASIA COUROS)"

Expediente Nº 15776.14 Juzgado N° 24 Secretaría Nº 48 Buenos Aires, 3 de julio de 2014.

Y VISTOS:

I.V. apelada la resolución de fs. 103/104, en lo que respecta al régimen de costas que fuera establecido tras el rechazo de la excepción de falta de legitimación activa propuesta por el B.C.R.A.

  1. El banco central apeló a fs. 108 y sostuvo su recurso mediante el memorial de fs. 114/115.

  2. El planteo será admitido con los alcances que seguidamente USO OFICIAL se expondrán.

    Al oponer la excepción de falta de legitimación activa, el defendido alegó que la tercerista no figuraba como titular de los derechos que pudieran surgir de los boletos de compraventa por ella acompañados.

    Frente a ello, en oportunidad de contestar el traslado de la defensa, la pretensora acompañó copia simple de un pronunciamiento judicial a los efectos de acreditar su calidad de heredera universal respecto del sujeto –

    causante-, que figuraba como comprador en aquellos boletos de compraventa.

    Dada la precariedad de ese instrumento, y en lo que aquí interesa, el juzgado le requirió que acompañase copia certificada de la declaratoria de herederos (ver fs. 95), recaudo que fue cumplido mediante la presentación de fs. 96/100.

    En ese contexto, es claro que la subsanación por parte de la actora de aquella irregularidad que obstaba a reconocer legitimación para instar la acción, importó en los hechos la admisión de un obrar previo negligente que justificó el planteo del excepcionante.

    Por tal razón, debería ella –la actora tercerista-, soportar las costas generadas por su actitud inicial.

    A.C. c/ GIMENEZ ZAPIOLA VIVIENDA S.A. DE AHORRO C/LABRESSE S.A. s/OTROS - EJECUTIVO S/TERCERIA DE DOMINIO POR DOMINIOPOR COUROS ANASTASIA Expediente N° 15776/2014 Fecha de firma: 25/08/2014 Firmado por: E.R.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.R.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: R.F.B., SECRETARIO DE CAMARA Poder Judicial de la Nación No obstante, cabe tener presente que la imposición de costas en cabeza del recurrente no...

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