Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 6 de Noviembre de 2019, expediente P 131636

PresidenteSoria-Kogan-Genoud-Pettigiani
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2019
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 6 de noviembre de 2019, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores S., K., G., P., se reúnen los señores Jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa P. 131.636, "Á., P.N. y V., W.D. s/ Recurso de inaplicabilidad de ley en causa n° 77.545 y su acumulada n° 77.547 del Tribunal de Casación Penal, Sala IV".

A N T E C E D E N T E S

La Sala IV del Tribunal de Casación Penal mediante el pronunciamiento del 24 de octubre de 2017 -en lo que interesa en virtud de los coimputados que recurrieron- rechazó los recursos de la especialidad interpuestos por las respectivas defensas oficiales de P.N.Á. y W.D.V. contra la sentencia dictada por el Tribunal en lo Criminal n° 6 del Departamento Judicial de San Martín, que los había condenado a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas, por resultar autores de los delitos de triple homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas agravado por la participación de un menor de edad (siendo víctimas P.R., M.D.R. y la hija menor de la pareja L.G.R. de nueve años de edad), tentativa de doble homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas agravado por la participación de menores de edad (víctimas las otras hijas menores de la pareja, M.A.R. de dos años de edad y L.R. de once años de edad) y aborto en grado de tentativa agravado por la participación de menores de edad siendo que P.R. se hallaba cursando el octavo mes de embarazo, cuyas lesiones pusieron en riesgo la vida del feto, no produciéndose la interrupción abrupta de la gestación por razones ajenas a su voluntad, toda vez que se le llegó a aplicar una cesárea con asistencia mecánica por bradicardia fetal sostenida, naciendo un niño con vida, pese al fallecimiento de su madre (v. fs. 3/4); todos en concurso real (arts. 41 quáter, 42, 55, 80 inc. 6 y 85 inc. 1, Cód. Penal; v. fs. 189/205, con relación a copias de fs. 1/78).

El señor defensor oficial adjunto ante el Tribunal de Casación Penal, doctor N.A.B., articuló recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en favor de ambos imputados denunciando errónea aplicación del art. 80 inc. 6 del Código Penal y arbitrariedad de la sentencia impugnada y violación del principio in dubio pro reo en el entendimiento de que la prueba colectada no permitía sustentar la verificación de las exigencias típicas objetivas y subjetivas de esa figura penal, reclamando la inobservancia del art. 186 inc. 5 o en subsidio del art. 79, ambos del Código Penal (v. fs. 229/236).

Por su lado, la citada Sala IV resolvió conceder el recurso extraordinario, siendo que de la lectura de la pieza impugnativa se desprende que el recurrente ha objetado el dispositivo previsto en el art. 80 inc. 6 del Código Penal, con sustento en la inobservancia de la ley sustantiva, lo cual habilita la vía intentada (v. resol. de fs. 247/248 vta.), quedando, entonces, con ese linde franqueada la instancia de fiscalización de esta Corte, sin objeción alguna de la parte interesada (v. fs. 252).

Habiendo dictaminado el señor P. General aconsejando el rechazo del recurso (v. fs. 254/257), dictada la providencia de autos (v. fs. 258) y encontrándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema...

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