Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 22 de Octubre de 2008, expediente Ac 103770

PresidenteGenoud-Negri-de Lázzari-Soria
Fecha de Resolución22 de Octubre de 2008
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 103.770 "A., L.B. c/Dirección General de Cultura y Educación y Provincia A.R.T. Accte.".

//Plata, 22 de Octubre de 2008.

AUTOS Y VISTO:

  1. El Tribunal del Trabajo nº 2 de San Isidro rechazó la excepción de incompetencia planteada por el Fisco provincial, en el marco de una acción por cobro de indemnización por accidentein itinerepromovida por L.B.A. (fs. 164/167).

    Contra lo así resuelto, la Fiscalía de Estado dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 171/179), el que fue concedido (fs. 180/181).

  2. Pasando a verificar el cumplimiento de los recaudos de admisibilidad de la impugnación interpuesta, sin perjuicio de otras consideraciones que también podrían formularse, es dable señalar que esta Corte ha sostenido que las resoluciones dictadas en materia de competencia no revisten carácter definitivo en la medida que no atribuyan el conocimiento de la causa a una jurisdicción extraprovincial (conf. doct. Ac. 103.347, 23-IV-2008; Ac. 104.083, 27-VIII- 2008), denieguen la competencia federal (conf. doct. Ac. 88.397, 17-XII-2003; Ac. 97.943, 27-IX-2006; Ac. 99.807, 31-VIII-2007; Ac. 103.347 cit.; Fallos 302:1626; 324:4469; entre otros) o se pronuncien sobre la naturaleza de la relación jurídica que vincula a las partes y al hacerlo incida sobre la suerte o existencia del derecho de fondo (conf. doct. Ac. 94.035, 16-III-2005; Ac. 96.852...

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