Alquileres: todo lo debe saber un propietario a la hora de decidir qué garantía le conviene aceptar

Alquileres: claves a la hora de aceptar una garantía, ventajas y desventajas de cada opción

Al momento de ofrecer una propiedad en alquiler , es necesario tener en cuenta varios elementos para lograr una buena gestión. Entre ellos, a la hora de cerrar un contrato es recomendable acordar una buena garantía, y de esa forma evitar sorpresas en caso de inclumplimiento.

Hasta su derogación, la ley de Alquileres establecía que el inquilino debía proponerle al propietario dos opciones de garantía y que el locador debía elegir una sola. Por ejemplo, éstas podían ser una garantía propietaria, un recibo de sueldo y un seguro de caución. Ahora esto queda sujeto al libre acuerdo entre las partes.

Punto por punto, todo lo que cambió con la derogación de la ley de Alquileres

Para asegurarse de que el locatario abonará en tiempo y forma existen garantías que generalmente consisten en que otra persona, banco, seguro o empresa se constituya en fiador o garante, que se hará cargo de la deuda en caso de que el inquilino no cumpla con el contrato .

El camino tradicional y el más común y preferido por los dueños es que sea una persona la que se constituya como fiadora ofreciendo una propiedad como garantía. Pero también existen otras garantías como por ejemplo personas que ofrecen como garantía sus ingresos, los seguros de caución, las garantías que proveen empresas también llamadas "garantía de fianza", y las garantías bancarias. Estas tipologías existían hace un tiempo en el mercado. Sin embargo, fue la ley de alquileres sancionada a mediados del 2020 (27.551) la que "las introdujo en conocimiento público, ya que las enumera como posibles tipologías a utilizar", aclara Federico González Rouco, economista del equipo de Empiria, la consultora de Hernán Lacunza.

Los riesgos de cerrar un contrato de alquiler que se ajuste por inflación

Usualmente, las garantías se solicitan cuando se firma un contrato de alquiler, pero vale aclarar que no son obligatorias. "Podés firmar un contrato de alquiler sin ninguna garantía, es totalmente válido, ya sea antes o después del DNU de Javier Milei; no son exigencias legales, sino de la práctica", asegura Mariano Esper, abogado especializado en cuestiones inmobiliarias, profesor en la Universidad Austral y en la Universidad de Buenos Aires. De todas formas, los propietarios, para ampararse ante una mora, las exigen. La mayoría de los dueños prefieren una garantía propietaria pero cada vez menos inquilinos la consiguen

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