Alquileres: se firmó el primer contrato en Bitcoin

Ahora se puede pagar el alquiler con criptomonedas

A partir de que entrara en vigencia el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) , firmado por el presidente Javier Milei , por el que se derogó la Ley de Alquileres , surgieron nuevas alternativas en el pago, los plazos de locación y la actualización de los montos. A raíz de esto, se conoció el primer contrato pactado en Bitcoin .

Este nuevo fenómeno que estipula el pago con la mencionada criptomoneda , se llevó a cabo por el alquiler de un departamento ubicado en la ciudad de Rosario con un contrato que estipulo pagos mensuales equivalentes a los US$100. La operación estará a cargo de la empresa Fiwind , la plataforma de criptomoneda que opera a nivel nacional. Y, a través de la cual, el inquilino deberá realizar la transferencia de ese monto en Bitcoin, Tether Tokens o cualquier moneda digital que mantenga la paridad 1 a 1 con el dólar, todos los meses.

La particularidad de este tipo de transacciones es que puede hacerse en cualquier momento y se acredita de forma inmediata . La transacción se puede hacer en cualquier momento del día.

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Esta noticia se conoce en un contexto en el que el mercado de los alquileres atraviesa fuertes cambios. A partir de la oficialización del decreto , los contratos de locación vuelven a estar bajo el Código Civil y Comercial con la libertad absoluta entre las partes en los puntos más importantes:

El plazo de los contratos de alquiler de viviendas será el que las partes hayan establecido , no hay plazo mínimo legal. En caso de que no lo aclaren en el contrato, será de dos años (ya no de tres).

Las partes podrán pactar el ajuste del valor de los alquileres y será válido el uso de cualquier índice pactado por las partes, público o privado, expresado en la misma moneda en la que se pactaron los alquileres. Es decir que ya no es obligatorio utilizar el Indice de Contratos de Locación (ICL) que usaban los contratos firmados después de julio del 2020 o el índice Casa Propia que se aplica para los pocos contratos que se firmaron entre el 18 de octubre pasado y hoy.

Inquilino y propietario podrán ponerse de acuerdo sobre cada cuánto tiempo actualizar el contrato .

Los contratos se podrán hacer en moneda de curso legal (pesos) o en moneda extranjera (dólares, euros u otra) que decidan las partes . El inquilino no podrá exigir que se le acepte el pago en una moneda diferente a...

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