Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA CIVIL, 26 de Marzo de 2018, expediente FMP 016836/2015

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA En la ciudad de Mar del Plata, a los 26 días del mes de marzo de dos mil dieciocho, avocados los Sres. Jueces de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de Mar del P. al análisis de estos autos caratulados:

ALESSANDRIA, O. DOMINGO c/ BANCO ITAU DEL BUEN AYRE SA Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

. Expediente FMP 16836/2015, provenientes del Juzgado Federal N° 2, Secretaría N° 1 de esta ciudad. El orden de votación es el siguiente: Dr. J.F., Dr. A.O.T., Dr. E.P.J..

El Dr. Ferro dijo:

Que los presentes actuados llegan a esta Alzada con motivo del recurso interpuesto y fundado a fs. 110/121 por la codemandada Organización Veraz contra el pronunciamiento del Sr. Juez de Grado, obrante a fs. 105/108vta. por el cual impone las costas de la presente contienda a cargo de las demandadas.

Refiere el apelante que se agravia de tal imposición a su parte, al valorar el aquo escuetamente que el actor se vio obligado a iniciar esta acción.

Señala que su parte tomó la información de una fuente pública como lo es el BCRA y explica que son los bancos quienes califican a las situaciones crediticias de los deudores en base a la Circular A 4738; por tanto no ha obrado negligentemente al informar la situación crediticia del actor pues -además- no se le pidió rectificación alguna.

Cita jurisprudencia y agrega que V. no es responsable por los daños que pudiere haberse generado la denegación del supuesto pedido de extensión de su línea de crédito del BBVA Bco. Francés, pues no es responsable por las decisiones que los bancos tomen.

Impone luego que las consecuencias que pudieron irrogarse por la errónea inclusión en la base del BCRA solo pueden imputarse a quien lo informó

y V. no responde por lo que no estaba a su alcance corroborar y cita jurisprudencia Fecha de firma: 26/03/2018 Alta en sistema: 27/03/2018 Firmado por: JORGE FERRO , Firmado por: A.O.T. , Firmado por: J.E.P., #27233595#200920842#20180327093331116 Explica que los informes que V. suministra a sus adherentes se dividen en tres secciones; en el caso del actor el único dato suministrado debatido en autos, resultó cierto pero la información contenida no era propia de su mandante sino de la entidad bancaria.

Por ello solicita se tenga por fundada la apelación, y se revoque la sentencia respecto de la imposición de costas a su parte.

Corrido traslado de tales agravios, no son evacuados por la contraria y elevados que fueron estas actuaciones a la Alzada, quedan en condiciones de resolver.

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