Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 2, 28 de Diciembre de 2021, expediente FRE 011001957/2009/CA001

Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA

11001957/2009

A.H.A. C/ GENDARMERIA NACIONAL

ARGENTINA S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SISTENCIA, 28 de diciembre de 2021.- LR

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que, la Jueza de la anterior instancia (a fs. 94 - 26/07/2021)

    en oportunidad de conceder el recurso de apelación interpuesto por Gendarmería Nacional, hizo saber a las partes: a) que, previo a disponer la elevación de la presente causa a la Alzada, en orden a que la misma debe ser realizada únicamente en formato digital, intimó al apelante para que en el término de treinta (30) días y bajo apercibimiento de ley, procediera a digitalizar -siguiendo las pautas del Protocolo- las piezas del expediente que a continuación se detallan:

    poder, constancias y/o pruebas adjuntadas, copia del escrito de demanda, contestación de demanda de su parte, todas las pruebas ofrecidas y producidas por su parte en la causa y notificaciones que no estuvieran digitalizadas, así como cualquier otra pieza que considere pertinente

    . b) Y finalmente “para el caso de querer el apelante acceder a la presente causa para consulta y su digitalización, se concede en préstamo por el término de diez (10) días, para el jueves 05 de agosto de 2021 a las 8:00 hs.”. Cumplido lo cual, ordena la elevación de la presente causa a la Cámara de Apelaciones.-

    Tal disposición -según surge de las constancias digitales de autos- fue notificada por cédula electrónica a las partes en fecha 26/07/2021.-

    Así las cosas, la recurrente -Gendarmería Nacional- en fecha 03/09/2021 acompañó las piezas digitalizadas de la contestación de demanda, poder, y de un escrito presentado en fecha 29/06/2018 por su parte, cumpliendo sólo parcialmente con el requerimiento efectuado por la instancia de origen de la totalidad de las piezas que se detallan precedentemente (ver fs. 94). Sin embargo, pese a dicha omisión, por auto de fecha 10/12/2021

    (a fs. 109) la Jueza “a-quo” dispuso que “Habiendo la parte demandada cumplimentado con la digitalización del expediente y siguiendo las disposiciones vigentes por la Resolución Administrativa N° 722/20 de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, corresponde en este momento proceder a la elevación a la Alzada del expediente digital, a fin de considerar el recurso de apelación interpuesto por Gendarmería Nacional Argentina…”

    Radicada la causa ante esta Cámara el 14/12/2021 (fs. 110), se intimó -nuevamente- a la apelante para que en el plazo de 5 (cinco)...

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