Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 24 de Octubre de 2017, expediente CAF 013523/2017/CA001

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 13.523/2017: “ALDWINCKLE, J.R. c/

EN -DNM- s/ AMPARO POR MORA”

Buenos Aires, 24 de marzo de 2017. SMM Y VISTOS; CONSIDERANDO:

I- Que, por sentencia del 14 de septiembre de 2017, el Sr. Juez de Primera Instancia hizo lugar a la presente acción de amparo por mora y, en consecuencia, fijó un plazo de 20 días hábiles administrativos, a fin de que la Dirección Nacional de Migraciones resolviera el reclamo formulado por el actor en las actuaciones administrativas, con costas a la demandada vencida (v. fs. 140/1).

II- Que, contra la sentencia de primera instancia, interpuso recurso de apelación la parte demandada a fs. 142/5.

La recurrente aduce que no ha existido mora imputable a su parte. Destaca que el trámite del actor requiere necesariamente de la previa intervención del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, para que su parte pueda otorgarle el beneficio solicitado. Puntualiza que mal puede imputársele mora cuando las actuaciones se encuentran a la espera de que el mentado ministerio resuelva las actuaciones en el marco del art. 23, inc. n) de la fine, de la ley 25.871. Sin perjuicio de ello, considera que tampoco se verifica una situación de urgencia objetiva en los obrados que justificara la presente acción, dado que se ha procedido a renovar la residencia precaria cada tres meses. Solicita que se revoque la sentencia de primera instancia y que se rechace la demanda con costas.

A fs. 151/2, obra la contestación de agravios que ha sido presentada por la parte actora.

III- Que el planteo que formula la recurrente no resulta atendible.

En efecto, en primer lugar, corresponde poner de relieve que el ámbito de conocimiento de esta acción de amparo por mora se limita a comprobar si se ha configurado -o no-

Fecha de firma: 24/10/2017 Alta en sistema: 26/10/2017 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #29523993#191470836#20171025074918077 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL SALA III Causa Nº 13.523/2017: “ALDWINCKLE, J.R. c/

EN -DNM- s/ AMPARO POR MORA”

la situación de mora de la Administración, en los términos del art. 28 de la ley 19.549. No corresponde pronunciarse en relación con el acierto o desacierto de la posición adoptada, sino acerca de la existencia de mora. No se trata, pues, de que pueda resolverse en un sentido o en otro, sino que...

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