Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, 26 de Septiembre de 2008, expediente 323-2.008

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2008

Poder Judicial de la Nación doba, 26 de septiembre de 2008.-

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: "VILLAFAÑE, ALDO RAMON

HABEAS CORPUS CORRECTIVO A SU FAVOR.-" (Expte. 323-2008),

elevados en consulta a la Sala "A" de este Tribunal en virtud de la resolución dictada por el señor Juez Federal de Primera Instancia, Titular de Juzgado Federal N° 1 de la ciudad de Córdoba, Dr. R.B.F., obrante a fs. 12/13vta.,

en la que decide: "RESUELVO: 1.- RECHAZAR el recurso de habeas corpus correctivo presentado por derecho propio por Aldo Ramón VILLAFAÑE (arts. 10 primer párrafo; 3 inc. 2, a contrario sensu, de la ley 23.098; art. 12 de la ley 24.660 y art. 27 Dto. Reglamentario 3590/87).- 2.- ELEVAR EN CONSULTA

a la Alzada las presentes actuaciones (art. 10, 2do. Párrafo de la citada normativa).- PROTOCOLÍCESE Y HÁGASE SABER.-"

Y CONSIDERANDO:

  1. Que con fecha 19 de agosto de 2008, el encartado A.R.V. interpone acción de habeas corpus (fs. 1), argumentando que en varias oportunidades el Servicio Penitenciario de C. le ha hecho retención de escritos y otros documentos relacionados con su causa por la cual se encuentra privado de la libertad, no permitiendo que dichos escritos lleguen a destino, agravando de ese modo su detención.-

    Con motivo de su presentación, V. fue citado por ante el Juzgado Federal N° 1 de esta ciudad con fecha 22

    de agosto del corriente año, a los fines previstos por el art. 9 de la ley 23.098.-

    En dicha oportunidad, el Sr. VILLAFAÑE manifiesta que se encuentra privado de su liberta a disposición del Tribunal Oral Federal de la ciudad de S.J., habiendo sido condenado a veinte (20) años de prisión como autor responsable del delito de secuestro extorsivo en perjuicio de la Sr. M. delC.B., y también por robo, no encontrándose dicha sentencia firme, estando radicada la causa ante la Excma. Corte Suprema de Justicio de la Nación.-

    Asimismo, ratifica en todas sus partes el contenido del escrito obrante en fax a fs. 1, cuyo original luce agregado a fs. 7/7vta.

    "VILLAFAÑE, ALDO RAMON HABEAS CORPUS CORRECTIVO A SU FAVOR.-"

    (Expte. 323-2008).-

    En este sentido, afirma que con fecha 05 de agosto del corriente año presentó por triplicado un pedido de excarcelación en la sección judiciales del Servicio Penitenciario correspondiente al Módulo MX 2, habiéndose comunicado luego con su abogado defensor, quien le comunicó

    que no había llegado ningún escrito.-

    Por otra parte, solicita ser trasladado al Pabellón MD 2 que está destinado a detenidos federales...

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