Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 24 de Mayo de 2023, expediente CCF 008627/2022/CA001

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2023
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa 8627/2022/CA1 ALDERETE, V.P. c/

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Buenos Aires, 24 de mayo de 2023.- FLP

Tiénese presente el dictamen presentado por el Fiscal General de Cámara.

Y VISTO; CONSIDERANDO:

  1. El Sr. Juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial Federal N°

    10 Secretaría N° 19 y el magistrado a cargo del Juzgado Nacional en lo Civil N°44 se declararon incompetentes atribuyéndose recíprocamente el conocimiento del caso (ver resoluciones del 11/7/22 y del 9/9/22).

    Las actuaciones fueron elevadas a esta Cámara (ver providencia del 21/10/22).

  2. El Tribunal que debe resolver el conflicto es la Corte Suprema de Justicia de la Nación, conforme al criterio adoptado sobre la norma contenida en el artículo 24 inciso 7 del Decreto Ley 1285/58 en el precedente “J.M. 824 (ocupantes de la finca) s/

    incidente de incompetencia” (del 12/6/18, publicado en Fallos 341:611), al que esta Cámara adhirió, por ejemplo, en las causas 6.296/16 del 16/8/18 y 730/18 y 8.104/18 del 5/2/19, entre otras. Así

    lo propició también el Fiscal General en el dictamen del 17 de mayo pasado.

    Por ello, SE

    RESUELVE:

    elevar las actuaciones a la Corte Suprema de Justicia de la Nación a fin de que se dirima el conflicto de competencia suscitado entre la justicia ordinaria y la federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (art. 24, inciso 7, del Decreto Ley 1285/58, texto según ley 21.708).

    Regístrese, notifíquese, publíquese y cúmplase inmediatamente.

    G.A.A.F. de firma: 24/05/2023

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    E.D.G.F.A.U.F. de firma: 24/05/2023

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

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