Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 21 de Abril de 2023, expediente FPA 002154/2023/CA001

Fecha de Resolución21 de Abril de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 2154/2023/CA1

Paraná,21 de abril de 2023.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “ALDASORO, M.C. Y

OTROS CONTRA COMISION MEDICA CENTRAL SOBRE RECURSO DIRECTO

LEY 27.573”, Expte. N° FPA 2154/2023/CA1, y;

CONSIDERANDO:

I- Que, inician estas actuaciones en virtud del recurso directo interpuesto el 10/03/2023 por los Sras.

M.C. y M.A. y el Sr. M.A.,

contra lo resuelto en el expediente administrativo EX2021-

90615128-APN-SAT#SRT, que denegara la pretensión indemnizatoria en base a la ley Nº27.573, por considerar que no se probó la relación de causalidad entre la aplicación de la vacuna contra el Covid 19 y el deceso de la causante.

Radicadas las actuaciones en esta Cámara, se corre vista al Sr. Fiscal General, a fin de que se expida sobre la competencia de este Tribunal, la que es contestada el 30/03/2023 y quedan los presentes en estado de resolver el 03/04/2023.

II- Que, el Sr. Fiscal General de Cámara, manifiesta que este Tribunal es competente para entender en estos actuados, de conformidad a las pautas dispuestas por el art. 8 sexies de la ley Nº27.573 y el Decreto N°431/2021.

III-

  1. Que corresponde a este Tribunal pronunciarse acerca de su competencia para actuar en el presente recurso directo de apelación contra la resolución de la Comisión Médica interviniente, en relación a lo dictaminado por la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas (CoNaSeVa) de Fecha de firma: 21/04/2023

    Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.S., SECRETARIA DE CÁMARA

    fecha 17/02/2023, notificado en la misma fecha (ver documental digitalizada).

  2. Al respecto, cabe destacar que la ley Nº27.573 –Ley de Vacunas Destinadas a Generar Inmunidad Adquirida contra el Covid 19- en su art. 8° bis dispone la creación de un “…

    Fondo de Reparación COVID-19 que tendrá por objeto el pago de indemnizaciones a las personas humanas que hayan padecido un daño en la salud física, como consecuencia directa de la aplicación de la Vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19 y con el alcance dispuesto en esta ley” (Sic; artículo incorporado por art.

    1. del Decreto N° 431/2021 B.O. 3/7/2021).

    Por su parte, tal normativa estipula que “… Lo dictaminado por las comisiones médicas será revisable judicialmente ante la Cámara Federal de Apelaciones con asiento en la jurisdicción del domicilio de la persona que pretenda el reconocimiento...

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