Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala 7, 23 de Septiembre de 2013, expediente 18209/10

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2013
EmisorSala 7

Poder Judicial de la Nación 18.209/2010

TS07D45756

SENTENCIA DEFINITIVA Nº 45756

CAUSA Nº: 18.209/10 -SALA VII– JUZGADO Nº: 80

En la ciudad de Buenos Aires, a los 23 días del mes de septiembre de 2013, para dictar sentencia en los autos: “A., M. C/

Consolidar Comercializadora S.A. S/ Despido” se procede a votar en el siguiente orden:

EL DOCTOR N.M.R.B. DIJO:

  1. La sentencia de primera instancia que hizo lugar a las diferencias indemnizatorias y salariales reclamadas por la actora por el despido directo del caso es apelada por ambas partes.

    Asimismo hay recurso de la perita contadora quien estima exiguos los honorarios que se le han regulado, mientras que la parte demandada cuestiona la totalidad de los emolumentos porque los aprecia elevados (v. fojas 288 y fojas 293).

  2. RECURSO DE “BBVA Banco Francés S.A.” (ex Consolidar Comercializadora S.A. v. fs. 290/293).

    Considera que en el decisorio la Sra. Juez “a-quo” no habría merituado correctamente las constancias probatorias y, con ese fin, insiste en su tesitura de que la Sra. A. se desempeñaba en jornada part-time de 24 hs. mensuales. Sustenta lo que dice en el peritaje contable y que el contrato de colaboración empresaria suscripto entre las empresas pertenecientes al Grupo Consolidar,

    constituía la fuente de una relación de “pluriempleo” con base en la cual las compañías aprovechaban sus recíprocos recursos para optimizar las ventas. Entre otras cosas, subraya la necesaria proporcionalidad que debe guardar el salario con relación al tiempo efectivo de labor, en los casos de pluriempleo.

    A mi juicio su exposición constituye sólo un mero disentir que no enerva las conclusiones del fallo (arts. 116 L.O. y 386 del Cód. Procesal).

    En efecto, en casos similares reiteradamente he dicho que el contrato a tiempo parcial es una modalidad excepcional y, como tal, la parte demandada debía correr con la obligación de aportar las pruebas en tal sentido, esto es que la prestación fuera abarcativa de un horario limitado, circunstancia a mi juicio no acreditada en la causa habida cuenta que la prueba de testigos dio noticia cierta de que la actora brindó servicios en una jornada normal de modo simultáneo para las empresas del grupo (cfr. art.

    377 del C.. Procesal, ver fundamentos a fojas 281).

    Por otro lado, puntualizo aquí que la nota de exclusividad no resulta esencial a la hora de tener por acreditada la existencia de un contrato de trabajo único por lo que nada impide que un trabajador en su tiempo de servicio ponga a disposición su fuerza de trabajo para distintas empresas (ver en similar sentido, esta S. in re “V., V.N. C/ Consolidar Comercializadora S.A. S/ Despido”, S.D. nro.: 44.215 del 30/03/2012, “De Paez C/ Consolidar S.A. S/ Despido”, S.D. nro.:

    45.533 del 12/07/2013 entre muchos otros).

    En consecuencia, al contrario de lo que pretende, en el caso está demostrado que la Sra. A. estaba a disposición de la recurrente durante toda la jornada legal, excediendo la figura del tiempo parcial. Además la modalidad de “pluriempleo” constituyó

    una operatoria impuesta por la propia accionada, y que dadas las constancias probatorias de la litis constituyó una modalidad fraudulenta en los términos de los arts. 14 y 92 L.C.T. tiempo parcial Es de aplicación el aforismo latino: “Non tam scriptura,

    quan veritas considerari solet” (no ha de considerarse tanto la escritura como la verdad).

    En virtud de todo lo expuesto, sugiero sin mas la confirmatoria del fallo atacado en este aspecto no siendo necesario abocarse al análisis del resto de sus críticas en tanto el art. 386...

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