Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 24 de Mayo de 2022, expediente CIV 033735/2020/CA001

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

33735/2020 - ALARCON DUARTE, R. c/ VERONA

AUTOMOVILES SA Y OTROS s/ORDINARIO

Juzgado n° 30 - Secretaría n° 60

Buenos Aires, 24 de mayo de 2022.

Y VISTOS:

  1. La codemandada Verona Automóviles SA apeló

    subsidiariamente la resolución de foliatura digital 249, mediante la cual el Magistrado de primera instancia rechazó el planteo de extemporaneidad e incumplimiento de mediación prejudicial obligatoria. Sus agravios corren a foja digital 250/251 y fueron respondidos por la accionante a fs. 253/255.

    A foja digital 260/264 se agregó dictamen fiscal.

  2. La apelación fue mal concedida.

    El valor económico involucrado en el proceso -proporcionado por el monto de la demanda (ver fs. 77/133), esto es $ 294.736,39- no supera el monto mínimo de apelabilidad previsto en el artículo 242 del Cpcc. (TO

    según A.N.° 41/2019 de la CSJN publicada en el B.O. 30.12.2019,

    que ascendía a $ 300.000 a la fecha de inicio; conf. C.. esta Sala, in re “Sindicato de Trabajadores Pasteleros Confiteros Pizzeros Heladeros y Alfajoreros c/ García, M.J. s/ Ejecutivo”, del 24.08.2020).

  3. En consecuencia, se declara inaudible el recurso examinado,

    sin costas de Alzada en atención al modo en que se decide la cuestión.

  4. N. por Secretaría del Tribunal, conforme Acordadas n° 31/11 y 38/13 CSJN, y a la Sra. Fiscal de Cámara mediante cédula electrónica.

    V.C. con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, según lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada n° 15/13

    CSJN, y devuélvase digitalmente al Juzgado de origen. Se...

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