Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 15 de Agosto de 2023, expediente CAF 000860/2010/CA002
Fecha de Resolución | 15 de Agosto de 2023 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I
860/2010 - ALARCON ALBERTO IGNACIO Y OTROS c/ EN-M§
DEFENSA-FAA-DTO 1104/05 751/09 s/ PERSONAL MILITAR Y
CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG (Juzg.n° 2)
Buenos Aires, 15 de agosto de 2023.- HG
Y VISTOS; CONSIDERANDO:
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Que mediante la decisión dictada el 8 de febrero de 2023, el juez dispuso lo siguiente: "toda vez que conforme lo normado por el art. 40 de la ley 21.839 no se permiten regulaciones parciales vinculadas con los procesos de ejecución, y considerando que aún quedan sumas a percibir por los actores, téngase presente la regulación solicitada para su oportunidad".
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Que, contra dicha decisión, la letrada de la parte actora interpuso recurso de apelación.
En el memorial, que no fue replicado, señaló:
(i) "Agravia a esta parte la resolución recurrida por cuanto considera que no corresponde regular honorarios en forma parcial en virtud de lo normado por el art. 40 de la Ley 21.839".
(ii) "[N]o es cierto que los actores no hayan cobrado las sumas que les corresponden".
(iii) "[...] lo expuesto por el a quo resulta falaz toda vez que conforme constancias de DEO 4173530 de fecha 15/11/2021, se ordena la transferencia de $ 1.622.076,54 la cual fue cumplida conforme informe mediante DEO 4341544 del Banco de la Nación Argentina de fecha 02/12/2021. Que conforme DEO 5364725 de fecha 08/04/2022 se realiza la transferencia de $ 636.202,65 la cual también se encuentra cumplida según informe del Banco de la Nación Argentina mediante DEO 5559176 de fecha 21/04/2022".
(iv) [N]o quedan sumas pendientes de cobro".
Fecha de firma: 15/08/2023
Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA
(v) "[L]a providencia atacada vulnera el principio general del art. 3
de la Ley 21839 en cuanto dispone que el honorario se presume oneroso.
[...] cabe recordar que el honorario es de carácter alimentario".
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Que la cuestión planteada es similar a la que fue examinada por esta sala en las causas "C.J.A. y otros c/ EN-M§
JUSTICIA-PFA DTO 2744/93 752/09 y otro s/ personal militar y civil de las FFAA y de seg", pronunciamiento del 9 de junio de 2015 y, más recientemente, causa "Incidente N° 1 actor L., J.V. y otros -demandado EN-M Seguridad-GN s/ inc. ejecución de sentencia",
pronunciamiento del 23 de febrero de 2021, entre otros).
En dichos pronunciamientos se...
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