Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 22 de Agosto de 2019, expediente CNT 050232/2017/CA001

Fecha de Resolución22 de Agosto de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 50232/2017 - AJALLA, EDUARDO MARCIAL c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL s/DESPIDO Buenos Aires, 22 de agosto de 2019.

VISTO:

Que, arriban las presentes actuaciones a esta alzada en virtud, del recurso de apelación interpuesto por la demandada a fs. 48/vta. contra la sentencia dictada a fs. 45/47, mediante la cual la Sra. Juez "a quo" desestimó el planteo de inconstitucionalidad de la ley 26.865 y acordadas de la Corte Suprema de Justicia que reglamentan la implementación del sistema informático.

Que, a fs. 52/vta., la parte actora contestó

la expresión de agravios de la contraria.

Que, a fs. 58/59, dictaminó el Sr. Fiscal General Interino ante esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Y CONSIDERANDO:

  1. Que, este Tribunal comparte lo dictaminado por el Sr. Fiscal General Interino ante esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, a fs.

    58/59, a cuyos fundamentos y conclusión -que han de considerarse parte integrante del presente pronunciamiento- corresponde remitir, en razón de brevedad, tanto respecto del aspecto formal del recurso bajo examen como en cuanto a la constitucionalidad del sistema de notificación electrónica.

    Por lo expuesto, el Tribunal entiende que corresponde declarar desestimar el recurso interpuesto y, en su mérito, confirmar la resolución apelada.

  2. Que, en atención a la naturaleza de la cuestión debatida y lo dispuesto por el art. 68 C.P.C.C.N., las costas de alzada se declaran a cargo de la recurrente...

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