Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala I, 15 de Julio de 2022, expediente CIV 057139/2016/CA002

Fecha de Resolución15 de Julio de 2022
EmisorCamara Civil - Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA I

57139/2016

AILAN, L.O. c/ SANELLI, A.R. Y OTRO

s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, 15 de julio de 2022.-

AUTOS Y VISTOS:

Vienen las presentes actuaciones a fin de entender en los recursos de apelación interpuestos el 5/6/2022 y 8/6/2022 frente a la regulación de honorarios del 1/6/2022.

A su vez, a fin de entender en el recurso de apelación interpuesto el 23/6/2022 frente a la regulación de honorarios del 22/6/2022.

Para analizar los emolumentos de los auxiliares se ponderarán las tareas desarrolladas junto con las pautas de la ley 27.423 y del art. 478 del Código Procesal -que permite fijar un estipendio por debajo del mínimo arancelario-. A su vez, se tendrá

presente la proporcionalidad que debe existir entre el monto de sus honorarios, los de los demás profesionales intervinientes y el del juicio (v. aquí).

Bajo tales premisas, por resultar elevados, se reducen los honorarios del perito médico J.J.S., de la perito psicóloga C.S. y del perito mecánico Vilnis Timofejevs en la cantidad de 30 UMA, respectivamente, que al día de la fecha representan la suma de $270.030 para cada uno de ellos.

A su vez, por no resultar reducidos, se confirman los honorarios del consultor técnico médico Dr. CARLOS ISIDORO

ARDITTI en la cantidad de 28 UMA que al día de la fecha representan la suma de $252.028.

ASÍ SE DECIDE.

La vocalía número 27 se encuentra vacante.

Fecha de firma...

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