Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, 10 de Diciembre de 2010, expediente 34.483/03

Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2010

Poder Judicial de la Nación “Año del Bicentenario”

AHUMADA ROBERTO JUAN ISAAC Y OTRO C/ BANCO GENERAL DE

NEGOCIOS S.A. S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

34483/03 Juzg. 1 S.. 2 13-14

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2010.

Y VISTOS:

  1. Apeló el pretensor la resolución de fs.

    999/1000 en la que se rechazó íntegramente el beneficio de litigar sin gastos solicitado.

    Fundó el recurso con la pieza de fs.

    1007/1012, respondida por Credit Suisse en fs. 1014/18, JP

    Morgan Chase Bank National Association en fs. 1020/23 y la sindicatura en fs. 1029/1030.

    El señor R. delF. se expidió a fs. 1037v. y la señora Representante del Ministerio Público ante esta Cámara lo hizo a fs. 1036.

  2. No se ha puesto en tela de juicio que el pretensor es abogado jubilado y que percibía, según el último informe agregado a la causa, la suma mensual en concepto de haberes de $ 4.100 a febrero de 2007.

    Se desprende, además, de la constancias de la causa, que los gastos efectuados a través de una tarjeta de crédito nunca superaron la suma de $ 2.000 mensuales promedio.

    En cuanto a los bienes inmuebles, si bien ha llegado a ser titular del tres propiedades, aquella que era sede del estudio jurídico, habría sido vendida y su producido perdido luego de ser invertido en la República Oriental del Uruguay a través de una operatoria vinculada al Banco General de Negocios. En cuanto a la quinta en Bella Vista, según se denunció, habría sido vendida durante el trámite de este proceso,

    no obstante lo cual, el 50% pertenecería a las hijas.

    El hecho de que el pretensor cuente con ciertos ahorros -por ejemplo un plazo fijo de $ 10.000 o bonos de consolidación previsionales por valor nominal de $

    6.036- no determina por sí solo que pueda afrontar íntegramente las costas de las acciones que ha promovido en la quiebra de Banco General de Negocios.

    Ahora bien, por otro lado, es cierto lo expuesto por el juez en el sentido de que el movimiento integral de cuentas no coincide con los ingresos denunciados.

    V., a modo de ejemplo, que el pretensor,

    durante el curso de este incidente, cambió un auto modelo 1995 por otro, modelo 2007. Ello no sólo demuestra que cuenta con capital suficiente, sino, fundamentalmente, que tiene la posibilidad de solventar los mayores gastos que genera el reemplazo indicado.

    Por otro lado, se ha demostrado que el actor y su esposa realizaron viajes al extranjero -incluso a Europa-

    que no fueron denunciados en autos. No se encuentra acreditado, como se expuso en el...

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