Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A, 7 de Junio de 2018, expediente FRO 017561/2013/CA001

Fecha de Resolución 7 de Junio de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Rosario, 7 de junio de 2018.

Visto en Acuerdo de la Sala “A” el expediente Nº FRO 17561/2013, caratulado “AGUIRRE, ROSA B. c/

ANSeS s/ PENSIONES”, del Juzgado Federal Nro. 2 de Rosario, Secretaría “F”, del que resulta que, 1.- Vinieron los autos a conocimiento del tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto por la demandada (fs. 69), contra la sentencia del 4 de febrero de 2015 que –en lo que aquí interesa- hizo lugar a la demanda, revocó el acto administrativo dictado por ANSeS y consecuentemente otorgó el beneficio de pensión directa por fallecimiento considerando al causante como aportante regular con derecho, con costas por su orden (fs. 63/65).

Concedido el recurso, se elevaron las actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, estableciéndose que por sorteo informático interviniera la Sala “A”. La apelante expresó agravios (fs. 76/78), que fueron contestados por la actora (fs. 80/82), notificada la nueva integración de la Sala se dispuso que los autos pasaran al acuerdo para resolver.

  1. - La demandada se agravió de que la resolución en recurso, se contradice no sólo con la letra de la ley sino también con los principios básicos del derecho previsional, y con eso consideró violentado su derecho de defensa a la vez que importa –dijo- que el juez se atribuya funciones que no le corresponden legislando en el caso particular al otorgar un beneficio improcedente.

    Remitió a las argumentaciones volcadas en los escritos presentados por su parte.

    Señaló que no se probó que el causante sostuviera en vida a la hoy viuda por lo que estimó

    que no se da en el caso el fin último de la ley previsional que es cubrir la contingencia de la viudez.

    Fecha de firma: 07/06/2018 Alta en sistema: 12/06/2018 Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: MILAGROS CABAL, SECRETARIA #15816302#208445305#20180612120818029 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A Efectuó reserva del caso federal y peticionó que se revoque la sentencia y se confirmara la resolución administrativa.

  2. - La actora, al contestar agravios, peticionó que se declare desierto el recurso de la contraria.

    Indicó que el escrito de apelación carece de una crítica concreta y razonada del fallo en crisis.

    S. solicitó que se rechacen los agravios y se confirme la sentencia. Hizo reserva del Caso Federal.

    El Dr. A.P. dijo:

    1) En primer término, considero que el recurso interpuesto por la demandada no debe declararse desierto dado que el escrito de fs. 76/78 cumple -en principio- con las prescripciones del art. 265 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

    2) Vale recordar que la actora impugnó judicialmente la resolución de ANSeS Nro. RLI-K 00549/12 del 10 de septiembre de 2012, que denegó el beneficio de pensión por fallecimiento del afiliado en actividad solicitada por su cónyuge supérstite R.B.A. (fs. 6/7 de autos). La Administración fundó el rechazo en que el causante no se encontraba afiliado al padrón histórico de autónomos a la fecha de su deceso no pudiendo computar los servicios declarados en la liquidación SICAM presentada, servicios sin los cuales no reúne los 30 años de aportes exigidos en el régimen jubilatorio común con los que podría considerarse aportante regular.

    La cuestión que nos ocupa se circunscribe a dilucidar si al causante al momento del fallecimiento podía considerársele aportante regular con derecho y en consecuencia acceder la actora al beneficio de pensión o si por el contrario, no se cumplen en el caso los Fecha de firma: 07/06/2018 Alta en sistema: 12/06/2018 Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: MILAGROS CABAL, SECRETARIA #15816302#208445305#20180612120818029 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO -...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR