Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 10 de Noviembre de 2022, expediente CNT 078742/2015/CA001

Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI

SENTENCIA INTERLOCUTORIA

SALA VI

Expte Nº: CNT 78742/2015

(JUZG. NRO. 75)

Autos: “AGUIRRE PAREDES MANUEL FRANCISCO C/PROVINCIA ART S.A.

S/ACCIDENTE – LEY ESPECIAL“

Buenos Aires, 9 de noviembre de 2022

VISTO:

La parte demandada apela la distribución de costas de la instancia de grado y la regulación de honorarios de la perito médica, y de su representación letrada, por considerarlos elevados, y a su vez, ésta última, apela los suyos, por estimarlos reducidos (presentación de fecha 25.8.2021).

Y CONSIDERANDO:

Que, si bien el principio general contenido en el primer párrafo del art. 68 del CPCCN establece que las costas responden al hecho objetivo de la derrota, el segundo párrafo de la norma mencionada, habilita al juzgador a examinar la eventual razón fundada que pudo tener el accionante para promover la acción al considerarse con derecho a litigar: y en el caso, teniendo en cuenta que el actor al denunciar los infortunios recibió atención de la demandada, este pudo considerarse, razonablemente asistido de mejor derecho a litigar como lo hizo, por lo que no cabe otra solución, sino confirmar la imposición de costas de la instancia de grado (art. 68 párrafo del CPCCN).

Fecha de firma: 10/11/2022

Firmado por: G.L.C., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: C.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, los honorarios que le fueron regulados a la representación letrada de la parte demandada, y a la perito médica, lucen adecuados, por lo que corresponde su confirmación (art. 38 LO, y leyes arancelarias aplicables).

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

1) Confirmar la...

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