Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL, 27 de Abril de 2017, expediente FSM 013168/2015/CA002

Fecha de Resolución27 de Abril de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II Causa FSM 13168/2015/CA2 – Orden n° 13.004 AGUIRRE MARÍA EVA EN REP. ALBORNOZ ANGEL L. c/

INSSJP - EX PAMI s/ PRESTACIONES FARMACOLÓGICAS Juz.Fed.San M. 1 -Sec. 2 S.M., 27 de abril de 2017.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan estas actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia de fs. 156/164 que hace lugar a la acción de amparo promovida por M.E.A., en representación de su cónyuge Á.L.A., contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y P.; con costas a la demandada. El traslado fue contestado por la accionante [cfr. fs. 167/169, 170, 171/172vta., 174; art. 15, ley 16.986].

  2. Los elementos de juicio esenciales y decisivos adquiridos en el proceso son los siguientes.

    En primer lugar, Á.L.A., de 69 años, es afiliado del INSSJP-PAMI bajo el beneficio n° 150546494901 00 [hecho indiscutido por la demandada; cfr. DNI y constancia de afiliación, fs. 3/3vta., 35/36 y 58/59vta.].

    Fecha de firma: 27/04/2017 Alta en sistema: 02/05/2017 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: D.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #24747214#177057376#20170428082631770 En segundo lugar, el informe de videocolonoscopía, de 4 de abril de 2014, muestra “lesión exofítica, infiltrante, estenosante, no franqueable”, por lo que, concluye en “atipía de sigma”. Y el examen histopatológico de esa fecha, diagnostica “Adenocarcinoma moderadamente diferenciado, infiltrante” [cfr. fs. 5, 6].

    En tercer lugar, el parte quirúrgico de 14 de julio de 2014, da cuenta de “proctosigmoidectomía anastomosis con sutura mecánica”, por diagnóstico de “adenocarcinoma unión recto sigma endo-exofítico” [cfr. fs.

    101/101vta.].

    En cuarto lugar, el 21 de agosto de 2014, la Dra. Graciela

  3. D’Amico [MN 60.401, médica oncóloga del “Hospital de Oncología María Curie”], certifica que el afiliado padece “adenocarcinoma colon EII en plan [de] realizar adyuvancia con Capecitabina 1000 mg/m2 c/ 12 h. d 1 a d 14 […] x 6 meses”, por lo que le receta “Capecitabina 500 mg (Capebina 500) comp. x 120” [cfr. fs. 38 y 46].

    En quinto lugar, el 19 de setiembre de 2014, el instituto demandado rechaza el requerimiento de ese medicamento al sostener que “ha sido aprobado por ANMAT para su uso en Fecha de firma: 27/04/2017 Alta en sistema: 02/05/2017 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: D.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #24747214#177057376#20170428082631770 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II Causa FSM 13168/2015/CA2 – Orden n° 13.004 AGUIRRE MARÍA EVA EN REP. ALBORNOZ ANGEL L. c/

    INSSJP - EX PAMI s/ PRESTACIONES FARMACOLÓGICAS Juz.Fed.San M. 1 -Sec. 2 adyuvancia de cáncer de colon solo en estadios

  4. Indicación fuera de prospecto. No es posible su aprobación” [cfr. RTF 4995329, fs. 10].

    En sexto lugar, el 8 de octubre de 2014, la Dra. G.A. [MN 131.620, médica especialista en oncología del antedicho Hospital], señala que se trata de paciente con “dg.

    adenocarcinoma de colon pT4 pN0 (0/7 ganglios)

    margen circunferencial libre de lesión a 0,2 cm.

    pEII de alto riesgo, inició adyuvancia con C. por la dificultad de acceso venoso”, por lo que, insiste en la prescripción de “Capecitabina 500 mg caja x 120 comp.” [cfr. fs.

    49 y 55].

    En séptimo lugar, el 3 de noviembre de 2014, el requerimiento de esa medicación es “rechazado” nuevamente por la demandada con igual observación que en la anterior denegatoria [cfr.

    RTF 4995329, fs. 57].

    En octavo lugar, el 9 de enero de 2015 la Dra. P.G.J.F. y el Dr. Guillermo José

    Temperley [médica y Director (I), respectivamente, Fecha de firma: 27/04/2017 Alta en sistema: 02/05/2017 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: D.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #24747214#177057376#20170428082631770 del citado Hospital de Oncología], cada uno en la esfera de su especialidad científica y responsabilidad profesional, iteran que el afiliado padece “cáncer de colon pEII de alto riesgo […] con indicación de adyuvancia x 6 meses, mal acceso venoso, se planificó tratamiento con C.. Realizó primer ciclo en septiembre 2014, posteriormente no le entregaron medicación y reinició el 13/11/14, por lo que deberá completar los 6 meses de tratamiento adyuvante” [cfr. fs.

    12].

    En noveno lugar, el 11 de marzo de 2015, el Dr. Christian S. Fuentes [MN 138.220, médico del precitado nosocomio], insiste en que el paciente “debe completar los 6 meses de tratamiento urgente” [cfr. fs. 13].

    En décimo lugar, el 13 de marzo de 2015, la actora inicia este proceso judicial para que la demandada “suministre y mantenga en forma [in]interrumpida la provisión gratuita de Capecitabina, en las condiciones y cantidades que sean indicadas por los médicos tratantes” [cfr.

    dda., fs. 14/18vta.].

    En undécimo lugar, ese mismo día [13 de marzo de 2015], el juzgado hace lugar a la medida Fecha de firma: 27/04/2017 Alta en sistema: 02/05/2017 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: D.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA #24747214#177057376#20170428082631770 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II Causa FSM 13168/2015/CA2 – Orden n° 13.004 AGUIRRE MARÍA EVA EN REP. ALBORNOZ ANGEL L. c/

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