Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 8 de Octubre de 2019, expediente FPO 031000101/2010/CA001

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación .

31000101/2010/CA sadas, octubre 8 de 2019.-

Y VISTOS:

1) Que, venidos los autos a este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs. 270 por el apoderado de la demandada y concedido a fs. 271, se observa del estudio de las actuaciones que hubo operado la caducidad de la segunda instancia atento el tiempo transcurrido sin que se hubieran solventado los gastos de franqueo conforme expresamente lo dispone el art. 251 última parte del CPCC.

2) Que, en efecto, en fecha 10/4/2014 el juez ordena correr traslado del memorial por el término de cinco días y establece que a los fines de la remisión de los autos a la Alzada debía el apelante solventar los gastos de franqueo (cfr. fs. 277).

A fs. 317, en fecha 26/10/2015 y no habiendo contestado la USO OFICIAL actora el traslado conferido, el juez a quo dispone la remisión de los autos a este Tribunal y reitera que la apelante deberá solventar los gastos de franqueo conforme art. 251 in fine CPCC.

A fs. 325 cuarto párrafo (23/11/2015) el juez a quo destaca que los autos se encuentran pendiente de elevación hasta tanto fuere solventado los gastos de franqueo según lo dispuesto a fs. 317 in fine y a fs.

328 segundo párrafo (22/2/2016) reitera a la demandada el requerimiento de franqueo.

A fs. 337 primer párrafo (22/10/2018), el juez a quo ordena cumplimentar a la demandada con el pago del franqueo requerido a fs. 317 y fs. 325, y seguidamente a fs. 339 segundo párrafo (20/5/2019) ordena que se requiera a la parte apelante solvente los gastos de franqueo.

A fs. 349 segundo párrafo (25/7/2019) establece estar a lo dispuesto a fs. 317 párrafo cuarto y a fs. 350/351 la demandada manifiesta Fecha de firma: 08/10/2019 Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.T. DE SKANATA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: DRA. V.S.Z.I., Secretaria Civil de Cámara #3368696#244893410#20191008120540025 que en fecha 30/7/19 se realizó en el marco de los autos caratulado “Expte.

J.. N° 31000033/2008: AVELLANEDA RODOLFO Y OTROS c/ E.N.

MINISTERIO DE JUSTICIA, S. Y D.H. SECRETARÍA DE SEGURIDAD s/

CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – VARIOS” en trámite ante el mismo Juzgado de origen, el depósito en concepto de gastos de franqueo y solicita a los fines de cumplir con la carga procesal impuesta que el a quo autorice la remisión del presente junto con el expediente “Avellaneda” supra citado.

A fs. 352 en fecha 15/8/19 el a quo tiene por...

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