Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 19 de Junio de 2018, expediente CAF 078901/2017/CA001

Fecha de Resolución19 de Junio de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Expte. 78901/2017/CA1 “Agro BP SA c/ EN – AFIP s/ amparo ley 16.986

Buenos Aires, 19 de junio de 2018.

Y VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 125/127 contra la sentencia de fs. 124, que rechazó la acción de amparo; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que el juez de grado —además de señalar que no existen nuevos elementos que permitan modificar el criterio que justificó el rechazo de la medida cautelar— se remitió a los fundamentos expuestos en el dictamen del fiscal de la instancia, quien había destacado —con cita de precedentes del máximo Tribunal y de esta Sala— que la resolución general AFIP 2300/07 estableció un régimen de excepción que exige la satisfacción de determinados recaudos para acceder a él y para permanecer en el goce de sus ventajas, que no se confieren a la generalidad de los contribuyentes y, sobre dicha base, había entendido que la desviación que se sanciona con la pérdida de tales beneficios aparecería liminarmente ponderada en la resolución 123/17 aquí cuestionada. A mayor abundamiento, señaló la falta de acreditación de la inoperatividad de las vías judiciales ordinarias, máxime cuando —en forma simultánea con este proceso— la actora dedujo un recurso administrativo, cuya resolución agotó esa vía y habilitó la instancia judicial ordinaria (fs. 119/122).

  2. ) Que el recurrente se agravió del examen de las constancias de la causa efectuado en la instancia de origen e insistió en el carácter manifiesto de la arbitrariedad del reglamento (resolución general 2300/07) como de los actos de aplicación que los excluyeron del régimen allí previsto. En este último aspecto, se agravió de la falta de ponderación de las constancias de la causa e insistió en que habría subsanado las observaciones “formales” en la instancia administrativa, calificación que sirvió de causa a la suspensión y posterior exclusión del registro referido. Por último, reivindicó la idoneidad de la vía excepcional elegida a la luz de los graves perjuicios que le ocasionaba la conducta denunciada y defendió la sustanciación simultánea de un recurso administrativo con igual objeto (fs. 125/127).

    Con posterioridad, el recurrente informó el dictado de la resolución general AFIP 4246/18, por la que quedan suspendidas transitoriamente las acciones de ese organismo tendientes a excluir a responsables del Registro Fiscal de Operadores en la compraventa de Granos y Legumbres...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR