Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 17 de Diciembre de 2018, expediente COM 010603/2018/CA001

Fecha de Resolución17 de Diciembre de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

AGREST S.A. LE PIDE LA QUIEBRA PAREDES, CINTIA MARGA

Expediente N° 10603/2018/CA1

Juzgado N° 26 Secretaría N° 51

Buenos Aires, 17 de diciembre de 2018.

Y VISTOS:

Tratándose de un pedido de quiebra comparte la Sala la doctrina sentada por esta Excma. Cámara en pleno in re "Flota Mercante del Estado República de Paraguay C/ S.A.C.

  1. Maderera”, 31.08.05, según la cual no corresponde en estos casos, y a los efectos arancelarios, acudir a porcentuales sobre montos determinados sino a los criterios que subyacen en las normas sobre juicios no susceptible de apreciación pecuniaria.

Ello así si se tiene en consideración que, como es sabido, el pedido de quiebra, en tanto denuncia de insolvencia, no tiene por finalidad la satisfacción de ningún crédito individual.

Sentado ello, y en mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados por el profesional beneficiario de la regulación apelada, se confirman en 10,54 UMA –equivalentes a $ 18.080

al día de la fecha- los honorarios del letrado apoderado del peticionante de la quiebra, Dr. F.L.L., regulados a fs. 89 (art. 16 inc. b) y sigtes. de la ley 27.423).

N. por Secretaría.

Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art.

4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013.

Fecha de firma: 17/12/2018

Alta en sistema: 18/12/2018

Firmado por: MACHIN - VILLANUEVA (JUECES) - BRUNO (SECRETARIO),

AGREST S.A. LE PIDE LA QUIEBRA PAREDES, C.M.E.. N°10603

Hecho, devuélvase al Juzgado de primera instancia.

Firman los suscriptos por encontrarse...

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