Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 15 de Junio de 2005, expediente Ac 92335

PresidenteRoncoroni-Soria-Genoud-Pettigiani-de Lázzari
Fecha de Resolución15 de Junio de 2005
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 92.335 "A., J.L.c.ía y Maltería Quilmes S.A. y otra. Accidente de trabajo (art. 1113, Cód. C..). E.. 35.094. Recurso de queja".

//Plata, 15 de junio de 2005.

AUTOS Y VISTO:

En atención a lo manifestado en la presentación de fs. 33, tiénese a la parte demandada "Berkeley International A.R.T. S.A." por desistida del presente recurso de queja.

Conforme lo dispone el art. 285 del Código Procesal C.il y Comercial, el 50% del depósito previo efectuado (fs. 23) se restituirá a la interesada (arts. 280 y 285, Cód. cit.), por lo que no ha lugar a la restitución completa del mismo.

El 50% restante ($ 1250) queda perdido para el recurrente, debiendo el Tribunal...

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