Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 22 de Marzo de 2016, expediente CAF 049096/2015/CA001

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

"Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional"

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V 49096/2015 AFIANZADORA LATINOAMERICANA CIA DE SEGUROS SA c/

ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO Buenos Aires, de marzo de 2016.- ED VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 30/vta, el Tribunal fiscal de la Nación tuvo por desistida a la firma actora AFIANZADORA LATINOAMERICANA CIA DE SEGUROS SA del recurso de apelación que había interpuesto contra la Resol. Nº 520/2013.

    En lo que aquí interesa, por aquel desistimiento, dicho Tribunal impuso las costas a la parte actora, las que fueron limitadas al pago de la Tasa de actuación reducida a un tercio en virtud de lo dispuesto en el art.

    5º de la ley 25.964.

  2. Que contra dicha resolución, la demandada interpuso recurso de apelación a fs. 42, el que fue fundado a fs. 46/48vta y replicado por la actora a fs. 51/52vta.

    En su memorial, sostiene que con fecha 16/04/2015 contestó el traslado del recurso que le había sido conferido y, señala, que la sentencia que tuvo por desistida a la actora le fue notificada recién el 12/05/2015. Es por ello que, afirma, que existió actividad procesal de su parte por la cual el Tribunal debió regular sus honorarios. (cfr. 46vta).

  3. Que por el art. 5º la ley 25.964 se dispuso –en referencia a la Tasa de actuación ante el Tribunal Fiscal de la Nación− que “[l]a tasa se reducirá al tercio cuando prosperen excepciones previas que pongan fin al litigio y en las causas que finalicen por desistimiento de la actora anterior a la contestación del traslado del recurso por el fisco nacional.”

  4. Que de las constancias de la causa resulta que el 11/2/2014 el Tribunal Fiscal dispuso el traslado del recurso que dio origen a la presente causa, el que fue notificado a la demandada el 5/3/2014 (cfr.

    cédula agregada a fs. 38/vta). Luego, el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR