Resolución nº 443/07 de Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Reconquista, 25 de Octubre de 2007

Fecha de Resolución25 de Octubre de 2007
EmisorCámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Reconquista

TOMO N° 5 - RESOLUCION N° 443/07 - FOLIO 28RECONQUISTA, 25 de Octubre de 2007.

Y VISTOS: Estos caratulados: AFFOLTER, L.B. y CELESTINO, J.M.M. c/VICENTIN, H.F. s/CONC. PREVENTIVO s/INCIDENTE RECURSO DE REVISION, EXPTE. N° 448, AÑO 2003, de los que RESULTA: el Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto por el concursado contra la sentencia de este Tribunal obrante a fs. 384/386 , y CONSIDERANDO: Que el recurso es interpuesto tempestivamente y contra sentencia definitiva. Los restantes requisitos de admisibilidad no se encuentran reunidos. Ante los argumentos de la incidentista, y especialmente en su crítica en la expresión de agravios, el recurrente pudo advertir la posibilidad que este Tribunal decidiera como lo hizo, y no obstante ello en su expresión y contestación de agravios ( fs.359/365) se limitó a formular una reserva genérica (fs.365) que de ningún modo cumple con la carga de introducir adecuadamente la cuestión constitucional manteniendola en todas las instancias del proceso; como reiteradamente ha sostenido este Cuerpo, siguiendo criterios enunciados por la Corte Suprema de Justicia provincial, la mera reserva genérica no es suficiente, sino que es preciso enunciar el agravio constitucional en relación con la cuestión debatida, las constancias del juicio y sus posibles alternativas, de modo tal que, en atención a nuestro sistema de control difuso de constitucionalidad, los jueces puedan expedirse sobre la misma. Igualmente, el escrito de interposición no cumple con la exigencia de autosuficiencia en los términos que requiere el art.2 inc. 2º de la ley 7055; Que, 'prima facie', el recurso resulta improcedente. La supuesta arbitrariedad fundada en soluciones...

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